Derecho
Artículo 2.- Integración de la Asamblea Nacional.La Constitución Política y la Ley Electoral determinan el número de Diputados que integran la Asamblea Nacional, su forma de elección, promesa de ley y toma de posesión, su instalación, el período deduración en el cargo, los requisitos y calidades requeridas, los derechos, atribuciones y deberes, así como la suspensión y pérdida de la condición de diputado.
Artículo 3.- Sede. La sede de laAsamblea Nacional es la ciudad de Managua, capital de la República de Nicaragua.
Artículo 11.- Presupuesto. Se establece la obligatoriedad al Estado de Nicaragua de destinar del Presupuesto Generalde la República, una partida presupuestaria suficiente para garantizar el adecuado funcionamiento de la Asamblea Nacional.
Artículo 12.- Proyecto de Presupuesto. El primer día del mes de agostode cada año, el Presidente de la Asamblea Nacional con el concurso de los Jefes de Bancada, presentará a la Junta Directiva para su discusión y aprobación, el Anteproyecto de Presupuesto Anual de laAsamblea Nacional. Una vez aprobado, el Presidente de la Asamblea Nacional los enviará al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para su inclusión sin reformas en el Proyecto de Ley Anual dePresupuesto General de la República e informara de ello debidamente al Plenario.
Artículo 13.- Partes del Presupuesto. El Presupuesto Anual de la Asamblea Nacional se elaborará en cuatro partes:
Laprimera comprenderá la asignación económica devengada por los Diputados Propietarios y Suplentes, por el ejercicio de sus funciones.
La segunda comprenderá el personal profesional, técnico y...
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