Desahusio
Del Desahucio
Procedencia del juicio de desahucio
Artículo 2.309.- El juicio de desahucio procederá cuando se reclama la desocupación de un inmueble por falta de pago de más de dosmensualidades.
Posibilidad de reclamar rentas
Artículo 2.310- Podrá reclamarse el pago de las rentas vencidas y las que se sigan venciendo hasta que tenga verificativo el lanzamiento.Exhibición del contrato de arrendamiento o su equivalente
Artículo 2.311.- A la demanda se acompañará el contrato de arrendamiento o documento justificativo del mismo.
Auto de ejecución
Artículo2.312.- Al admitirse la demanda, el Juez ordenará requerir al arrendatario para que en el acto de la diligencia justifique estar al corriente en el pago de las rentas reclamadas o haga pago de ellas. Nohaciéndolo se le prevenga que dentro de treinta días, si el inmueble es para habitación, o de sesenta días si es para giro mercantil o industrial, o de noventa días si fuere rústico, proceda adesocuparlo, apercibido de lanzamiento a su costa si no lo efectúa.
Estos plazos se computarán por días naturales y son irrenunciables.
En el mismo acto se le emplazará para que dentro de cinco díasocurra a exponer las excepciones que tuviere.
Requerimiento de embargo de bienes
Artículo 2.313.- Si lo pide el actor, en el acto de requerimiento se ordenará que se embarguen bienes paragarantizar las rentas vencidas.
Domicilio del arrendatario
Artículo 2.314.- Será domicilio legal para hacer el requerimiento, el inmueble arrendado.
Requerimiento y emplazamiento
Artículo2.315.- Si en el acto de la diligencia exhibe el arrendatario el importe de las rentas reclamadas, se suspenderá la diligencia, se mandará entregar al actor y se dará por terminado el procedimiento.Exhibición de justificantes de pago de rentas
Artículo 2.316.- Si exhibiere recibos u otros justificantes de pago de las rentas reclamadas, después de hacer constar esa circunstancia en el acta y...
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