Dictamen con abstención de opinión
El auditor debe abstenerse de expresar una opinión cuando el alcance del examen, por cualquier circunstancia. Ha sido limitado en forma importante y debe indicarcon claridad todas las razones o motivos que dieron lugar a la abstención. También deberá abstenerse de opinar en los casos en que la situación financiera de la entidad sujeta a examen pueda verseafectada en forma trascendental por contingencias en la forma en que ciertos asuntos han de resolver y que influirán de manera decisiva en la vida misma del negocio. En estos casos, debido a que estascontingencias, de hecho, representan limitaciones serias al alcance del trabajo del auditor para reunir la evidencia suficiente y competente para respaldar su opinión, deberá expresar que el efectodesconocido de estos asuntos le impide opinar sobre los estados financieros y que, en consecuencia, tiene que abstenerse de opinar.
El hecho de referirse a todas las razones o motivos que originaron laabstención no eximirá al contador publico, de incluir las excepciones o salvedades que pudiera tener en relación a la aplicación de las normas de información financiera y a la coherencia en laaplicación de dichos principios.
La abstención de opinión no debe usarse es sustitución de una opinión negativa. El contador publico, si ha llegado a la conclusión de que los estados financieros nopresentan la situación financiera o el resultado de las operaciones, conforme a principios de contabilidad, así debe expresarlo.
Cuando exista una abstención de opinión, no se deberá expresar una opiniónparcial sobre algunas partidas individuales de los estados financieros, en vista de que haría contradictoria y confusa la abstención.
En caso de que hubiera limitaciones al examen practicado,impuestas ya sea por el propio cliente o por las circunstancias, de manera tan importante que el contador publico no pueda formarse una opinión sobre los estados financieros en conjunto, deberá expresar que...
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