DIPLOMADO 2014 SST
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29783
LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO TÍTULO PRELIMINAR PRINCIPIOS
I. PRINCIPIO DE PREVENCIÓN
El empleador garantiza, en el centro de trabajo, elestablecimiento de los medios y condiciones que protejan la vida, la salud y el bienestar de los trabajadores, y de aquellos que, no teniendo vínculo laboral, prestan servicios o se encuentran dentrodel ámbito del centro de labores. Debe considerar factores sociales, laborales y biológicos, diferenciados en función del sexo, incorporando la dimensión de género en la evaluación y prevención de losriesgos en la salud laboral.
Ejem:
En Supermercados Peruanos tenemos capacitaciones constantes a todos los colaboradores.
Así mismo a cada colaborador nuevo le hace entrega de susReglamento de seguridad para el trabajo.
II. PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD
El empleador asume las implicancias económicas, legales y de cualquier otra índole a consecuencia de un accidente oenfermedad que sufra el trabajador en el desempeño de sus funciones o a consecuencia del, conforme a las normas vigentes.
Ejm:
Las capacitaciones se dan de forma mensual, y en cada tienda. Esdecir todos los colaboradores de Spsa saben y conocen sus normas de seguridad para el trabajo
Nosotros que generalmente tenemos trabajos de fuerzas se realiza la capacitación de Manual de cargas.III. PRINCIPIO DE COOPERACIÓN
El Estado, los empleadores y los trabajadores, y sus organizaciones sindicales establecen mecanismos que garanticen una permanente colaboración y coordinación en materiade seguridad y salud en el trabajo.
IV. PRINCIPIO DE INFORMACIÓN Y CAPACITACIÓN
Las organizaciones sindicales y los trabajadores reciben del empleador una oportuna y adecuada información ycapacitación preventiva en la tarea a desarrollar, con énfasis en lo potencialmente riesgoso para la vida y salud de los trabajadores y su familia.
V. PRINCIPIO DE GESTIÓN...
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