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Páginas: 26 (6266 palabras) Publicado: 4 de septiembre de 2012
Decreto Supremo 27685 - Contrato de Comodato con la Mutualidad del Magisterio
ARTÍCULO ÚNICO: Autorizar al Ministerio de Hacienda, a través del Liquidador de los Fondos Complementarios de Seguridad Social, a suscribir un Contrato de Comodato con la Mutualidad del Magisterio Nacional - MUMANAL, por las oficinas del 4� Piso del Edificio Loza, ubicado la Avda. de las Américas esquina Pando N� 289de la ciudad de La Paz, cuya vigencia será por un año a partir de su firma.
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1362/2003-R
Sucre, 19 de septiembre de 2003
Expediente:2003-07092-14-RAC
Distrito:Cochabamba
Magistrado Relator:Dr. Rolando Roca Aguilera
En revisión la Resolución de 23 de julio de 2003, cursante de fs. 56 a 60 pronunciada por el Juez de Partido Primero en lo Civil y Comercial deQuillacollo, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Irma Guardia de Jaldín contra Walter Villanueva Crespo, Alcalde Municipal de Quillacollo, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica y al trabajo, previstos por el art. 7.a) y d) de la Constitución Política del Estado (CPE).
I.ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURIDICA
I.1 Contenido del recurso
I.1.1 Hechos quemotivan el recurso
La recurrente en el escrito presentado el 16 de julio de 2003, cursante a fs. 9, manifiesta:
Es comodataria de los baños públicos ubicados en la calle Santa Cruz y General Pando de la ciudad de Quillacollo, empero, el 11 de julio de 2003 la Alcaldía procedió a la clausura del mismo, sin que se la haya notificado previamente, pretextando incumplimiento del contrato, por loque reclamó en forma verbal y escrita a la entidad edilicia, pese a ello el mingitorio se encuentra cerrado, causándole problemas económicos y coartando su derecho al trabajo y el de sus dos empleados.
Añade que si existe incumplimiento del contrato de comodato, corresponde a la Alcaldía ocurrir con su pretensión a la vía correspondiente.
I.1.2 Derechos y garantías supuestamente vulneradosIndica los previstos por el art. 7.a) y d) CPE.
I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio
La recurrente interpone amparo constitucional contra Walter Villanueva Crespo, Alcalde Municipal, solicitando se declare “probado” el recurso, se disponga que de inmediato la Alcaldía deje sin efecto la clausura, con costas y el resarcimiento de los daños ocasionados.
I.2 Audiencia y Resolución del TribunalEfectuada la audiencia pública de 23 de julio de 2003, según consta en el acta de fs. 55 de obrados, se producen los siguientes actuados:
I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
El abogado de la recurrente ratifica los términos del recurso planteado y agrega que la Alcaldía no puede convertirse en juez y parte, al considerar que el contrato de comodato fue incumplido; y que el acto de clausuraestá causando perjuicios a la colectividad en sus más elementales necesidades.
I.2.2 Informe de los recurridos
Los abogados y apoderados del recurrido brindaron informe señalando: 1) la Ordenanza Municipal 33/2000 de 5 de septiembre, aprueba el Reglamento de Sanciones por Faltas y Contravenciones a disposiciones Municipales, la cual es obligatoria y coercitiva, tanto para personas naturalescomo jurídicas; 2) el mingitorio fue clausurado observando la obligación de cumplir y hacer cumplir las normas emanadas del “ente legislativo”, por inspección ocular y constantes reclamos y quejas de los vecinos; 3) en virtud a su autonomía, el Gobierno Municipal goza de potestad normativa, fiscalizadora, ejecutiva y administrativa, por ello dicta ordenanzas y resoluciones que determinan políticas yestrategias municipales, gozando de la potestad coercitiva para hacerlas cumplir; 4) la recurrente en varias oportunidades ha incumplido el Reglamento, siendo considerada reincidente, lo que llevó a instaurar el procedimiento administrativo de clausura del mingitorio público, conforme al art. 3 de dicho Reglamento, 7.a) CPE y 2 del Código de Salud; 5) independientemente del Reglamento y el...
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