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I
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
DECRETO No. 1290
Por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles
de educación básica y media.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 79 y el literal d) del
numeral 2 del artículo 148 de la Ley 115 de 1994 y numeral 5.5 del artículo 5 de la Ley 715 de 2001,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1. Evaluación de los estudiantes. La evaluación de los aprendizajes de los estudiantes
se realiza en los siguientes ámbitos:
1. Internacional. El Estado promoverá la participación de los estudiantes del país en pruebas que den
cuenta de la calidad de la educación frente a estándares internacionales.
2. Nacional. El Ministerio de Educación Nacional y el Instituto Colombiano para el Fomento de la
Educación Superior ICFES, realizarán pruebas censales con el fin de monitorear la calidad de la
educación de los establecimientos educativos con fundamento en los estándares básicos. Las
pruebas nacionales que se aplican al finalizar el grado undécimo permiten, además, el acceso de
los estudiantes a la educación superior.
3. Institucional. La evaluación del aprendizaje de los estudiantes realizada en los establecimientos de
educación básica y media, es el proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño
de los estudiantes. ARTÍCULO 2. Objeto del decr eto. El presente decreto reglamenta la evaluación del aprendizaje y
promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media que deben realizar los
establecimientos educativos.
ARTÍCULO 3. Propósitos de la evaluación institucional de los estudiantes. Son propósitos de la
evaluación de los estudiantes en el ámbito institucional:
1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del
estudiante para valorar sus avances.
2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados
con el desarrollo integral del estudiante.
3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo.
4. Determinar la promoción de estudiantes.
5. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.
ARTÍCULO 4. Definición del sistema institucional de evaluación de los estudiantes. El sistema de evaluación institucional de los estudiantes que hace parte del proyecto educativo institucional debe
contener:
DECRETO NÚMERO 1290 de 2009. Hoja N°. 2
Continuación del Decreto “Por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los
niveles de educación básica y media.”
1.
2.
3.
4. Los criterios de evaluación y promoción.
La escala de valoración institucional y su respectiva equivalencia con la escala nacional.
Las estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes.
Las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el
año escolar.
5. Los procesos de autoevaluación de los estudiantes.
6. Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los
estudiantes.
7. Las acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes del establecimiento educativo
cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el sistema institucional de evaluación.
8. La periodicidad de entrega de informes a los padres de familia. ...
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