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Entre las infracciones contra el Derecho Internacional Humanitario se incluyen los ataques alos civiles y su maltrato, la destrucción de las propiedades, la violencia sexual y la restricción del acceso a la sanidad y a otros servicios básicos. El Derecho Internacional Humanitario enconcreto, como se codificó en las Convenciones de Ginebra de 1949 y en sus Protocolos Adicionales de 1977, contiene importantes provisiones para prevenir los desplazamientos y proteger a las personasque han sido forzadas a huir.
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Se considera que muchas de estas provisiones se han convertido en derechoconsuetudinario internacional. El Cuarto Convenio de Ginebra (GCIV) trata concretamente de la protección de los civiles en época de guerra, incluyéndose la ocupación. Las personas desplazadasinternas forman parte de la población civil y, por tanto, tienen derecho a recibir la misma protección contra las consecuencias de la guerra que el resto de los civiles. El Protocolo Adicional I(API) complementa estos tipos de protección en épocas de conflicto armado internacional mientras que el Protocolo Adicional II (APII) lo hace en épocas de conflicto armado no internacional. LosEstados tienen la responsabilidad de implementar estos tipos de protección en sus marcos jurídicos nacionales. - See more at: http://www.fmreview.org/es/prevencion/provisiones-ihl#sthash.leal8lqG.dpuf
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