El aborto desde el punto de vista constitucional
La suprema corte de justicia declaro constitucional la aprobación del aborto en México D.F.; pues ya tras cuatro jornadas de debate, una mayoría deocho de los once jueces rechazó el recurso de inconstitucionalidad de la norma presentado por la procuraduría General de la República y la Comisión Nacional de Derechos Humanos, con el apoyo de laIglesia Católica.
Aparentemente el que era un problema y un dolor de cabeza para la Suprema Corte de justicia de la Nación ha quedado resuelto, y es que la despenalización del aborto hasta las 12semanas de gestación en la Ciudad de México entró en vigencia en Abril del 2007, establecido en el artículo 144 del Código penal del D.F. además se estipula no es un delito, sino una conductapermitida que la mujer produce libremente practicar o no practicar. Ahora bien, como se trata de una conducta permitida que no es delito, entonces se acepta que las mujeres que quieran practicarla puedanacudir a los hospitales públicos del gobierno del Distrito Federal para pedir que les presten el servicio de interrupción del embarazo. Como consecuencia la reforma penal se complementa con la ley desalud para disponer que los hospitales públicos del gobierno de Distrito Federal tienen el deber de practicar los abortos que les soliciten, gratuitamente, y en un plazo de cinco días.
Hay además otraprecisión, en el segundo párrafo del mismo artículo nuevo, que dice: para los efectos del código, “el embarazo es la parte del proceso de reproducción humana que comienza con la implantación delembrión en el endometrio”, llamado también a nidación.
En el artículo 145 del Código Penal del Distrito Federal; se da por entendida la penalidad de la siguiente forma: Se impondrá de tres a seis mesesde prisión o de 100 a 300 días de trabajo a favor de la comunidad, a la mujer que voluntariamente practique su aborto o consienta en que otro la haga abortar, después de las doce semanas de...
Regístrate para leer el documento completo.