El matrimonio civil
DEFINICIÓN: El matrimonio civil se encuentra definido en nuestra legislación en el art. 113, como UN CONTRATO SOLEMNE POR EL CUAL UN HOMBRE Y UNA MUJER SE UNEN CON ELFIN DE VIVIR JUNTOS, DE PROCREAR Y DE AUXILIARSE MUTUAMENTE. SE CONSTITUYE Y PERFECCIONA POR EL LIBRE Y MUTUO CONSENTIMIENTO DE LOS CONTRAYENTES EXPRESADO ANTE EL FUNCIONARIO COMPETENTE.
Elmatrimonio civil, conlleva unos DERECHOS Y UNAS OBLIGACIONES, para los cónyuges, como son: el guardarse fe, socorrerse y ayudarse mutuamente en todas las circunstancias de la vida y a subvenir lasordinarias necesidades domésticas en proporción a sus facultades.
La Procreación: respecto a la procreación, como uno de los fines del matrimonio, se convierte en uno de los derechos que pueden exigirseal interior del matrimoniio, sin ser exclusivamente una obligación; pero en caso de que así se decida, esto conlleva la de dar educación a los hijos.
Ayuda Mutua: implica los cuidados personales quese deben los cónyuges especialmente, en la enfermedad.
La fidelidad: los cónyuges están obligados a guardarse fe, a ser fieles, tanto el marido como la esposa. No cumplir con esta obligación dalugar a instaurar acción de divorcio.
Socorro: Los cónyuges deberán subvenir a las ordinarias necesidades domésticas en proporción a sus facultades, comprende necesariamente la obligación alimenticiaentre los cónyuges. Se debe contribuir con los cargos del hogar proporcionalmente a los recursos, y en general, es una ayuda y asistencia completa y perfecta en todas las esferas de la vida; implicael cuidado y apoyo moral que se deben siempre en la vejez y en la enfermedad.
La cohabitación: la convivencia entre los cónyuges es un deber, es una obligación moral y afecta por igual ambosesposos. Comprende el débito conyugal y compartir el mismo lecho, techo y mesa. Salvo causa justificada los cónyuges tienen la obligación de vivir juntos y cada uno de ellos el derecho a ser recibido en...
Regístrate para leer el documento completo.