EL TRABAJO EMPLEADO POR MENORES DE EDAD
En consideración a su menor fortaleza física, así como a las necesidades propias de su desarrollo moral e intelectual, las legislaciones han establecido unaserie de estipulaciones adicionales protectoras de los trabajadores menores de edad. El concepto de minoridad corre aparejado al concepto civil, entendido en sentido cronológico, salvo ligerasexcepciones establecidas a los dieciocho años, aunque se hace subdivisiones en dieciséis y catorce años.
Las legislaciones de estos países, por lo general de alto contenido intervencionista, se encuentran enuna clara disyuntiva al tratar este tema; por un lado deben proyectar el espíritu tutelar que inspira a lo laboral en general, pero por el otro deben tener presente que un exceso de restriccionespuede producir un efecto contrario al que se pretende, ya que ante un valladar de condiciones legales, el empleador prefiere no contratar a menores o, peor aún, contratarlo por debajo de los conceptoslegales. Se debe pues balancear las necesidades de desarrollo del menor con sus necesidades económicas, éstas últimas apremiantes en economías como la nuestra. Con relación a otras legislacioneslatinoamericanas, la guatemalteca contiene pocas regulaciones. Por una parte se encuentra una serie de disposiciones que, al igual que en el trabajo de mujeres, vienen a ser meros enunciados de buenasintenciones, más que normas de riguroso cumplimiento: que los menores no pueden trabajar en jornadas nocturnas o que no pueden trabajar en labores insalubres o peligrosas. En cuanto a normas de aplicaciónmás práctica, tenemos que:
a) El menor no puede trabajar en horas extraordinarias.
b) Que su jornada de trabajo se reduce en una hora al día y en seis a la semana. Los menores de catorce años puedencontratar directamente su trabajo.
Siendo la educación pública obligatoria, se debería establecer un sistema que facilitara el estudio a nuestros menores. Pocas cosas serían tan necesarias y...
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