Estados financieros certificados y dictaminados
“El artículo 33 del Decreto 2649 de 1993, señala que son estados financieros certificados aquellos que están firmados porel representante legal, el contador público y el revisor fiscal, si lo hubiere, en constancia de que la información en él contenida es fielmente tomada de los libros; mientras los dictaminados son losacompañados por la opinión del contador público que los hubiere examinado.
DIFERENCIAS ENTRE ESTADOS FIANNCIEROS DICTAMINADOS Y CERTIFICADOS
Como es nuestra costumbre tratar sobre las inquietudes máscomunes que recibimos de los usuarios de Gerencie.com, en esta oportunidad trataremos de explicar la diferencia existente entre un estado financiero certificado y un estado financiero dictaminado.Para explicarlo, no es necesario mucho esfuerzo, puesto que la ley se encargó de hacer una clara definición de cada uno de los conceptos.
Es así como la ley 222 de 1995, en sus artículos 37 y 38,dijo sobre lo que son cada uno de estos estados financieros:
Articulo 37. Estados financieros certificados. El representante legal y elcontador público bajo cuya responsabilidad se hubiesen preparadolos estados financieros deberán certificar aquellos que se pongan a disposición de los asociados o de terceros. La certificación consiste en declarar que se han verificado previamente lasafirmaciones contenidas en ellos, conforme al reglamento, y que las mismas se han tomado fielmente de los libros.
Articulo 38. Estados financieros dictaminados. Son dictaminados aquellos estados financieroscertificados que se acompañen de la opinión profesional del revisor fiscal o, a falta de éste, del contador público independiente que los hubiere examinado de conformidad con las normas de auditoría...
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