Estatutos Comite De Seguridad Y Salud Laboral
Art. 1.- Denominación y naturaleza
El Comité de Seguridad y Salud Laboral, es un órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos. Dicho órgano está conformado, por una parte, por los delegados o delegadas deprevención y por la otra, por el empleador y empleadora o sus representantes, cuyo funcionamiento y regulación se encuentran desarrollados en los presentes estatutos.
Art. 2.- Atribuciones del Comité de Seguridad y Salud Laboral
El Comité de Seguridad y Salud Laboral tendrá las siguientes atribuciones:
1. Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación del Programa deSeguridad y Salud en el Trabajo.
Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para el control efectivo de las condiciones peligrosas de trabajo, proponiendo la mejora de controles existentes o la corrección de las deficiencias detectadas
Art. 3.- Facultades del Comité de Seguridad y Salud Laboral
En el ejercicio de sus funciones, el Comité de Seguridad y Salud Laboral está facultadopara:
1. Aprobar el proyecto de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa y la vigilancia de su cumplimiento para someterlo a la consideración del Inpsasel.
2. Vigilar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y conocer directamente la situación relativa a la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales y la promoción de la seguridad y salud.3. Cumplir y hacer cumplir todo lo establecido en La Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio de Trabajo, su Reglamento y las Providencias y Normativas vigentes establecidas por los órganos reguladores en materia de Comités de Seguridad y Salud Laboral.
4. Prestar asistencia y asesoramiento al empleador o empleadora y a los trabajadores y trabajadoras.
5. Conocer cuántosdocumentos e informes relativos a las condiciones de trabajo sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad del servicio de prevención, en su caso.
6. Denunciar las condiciones inseguras y el incumplimiento de los acuerdos que se logren en su seno en relación a las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
7. Conocer y analizar losdaños producidos a la salud, al objeto de valorar sus causas y proponer las medidas preventivas.
8. Conocer y aprobar la memoria y programación anual del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Art. 4 Organización del funcionamiento del Comité
Periodicidad de las reuniones ordinarias y extraordinarias, lugar de las reuniones, inicio de las reuniones, elaboración de documentación,formatos:
1.- Se acuerda que las reuniones ordinaria del Comité de Seguridad y Salud Laboral se realizara el Tercer (3er) Lunes de cada mes, a partir de las 02:00 p.m., pudiéndose convocar y realizar otra reunión extraordinaria, si en la misma no se alcanza abordar y deliberar todos los temas asentados en el Libro de Actas correspondiente a la ultima reunión ordinaria de este órganoparitario, así como las nuevos temas denunciados por los trabajadores (as) o los delegados (as) de prevención, para lo cual se tomara nota en el Acta de dicha reunión, la cual es un Formato que contiene un encabezado contentivo de la fecha, lugar y fundamentos legales de la reunión, nombres de los miembros e invitados del comité y demás información inherente a la actividad.
La asistencia de cada una delas partes a estas reuniones son de carácter obligatorio.
2.- Las reuniones ordinarias y extraordinarias del Comité de Seguridad y Salud Laboral, se efectuaran si hay quórum, es decir, por lo menos deben estar presentes Dos tercios (2/3) de la representación de las partes (Delegados de Prevención y Representantes de la empresa). En caso contrario se suspenderá la reunión, levantándose un Acta...
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