Fallo “Alfano, Cayetano s/ concurso”.
Las partes durante el proceso fueron Alfano, Cayetano e Hijo, y sus acreedores. Tribunal pertinente en la causa fueron las Cámaras Nacional Civil yComercial Federal en pleno.
Las cámaras se reunieron a resolver si las empresas de construcciones deben ser consideradas civiles o comerciales, y en consecuencia de ello analizar si procede unconcurso comercial o civil.
Las empresas de construcciones realizan actos de comercio y se hallan sometidas a la legislación mercantil, salvo cuando se limitaren a la dirección técnica y vigilancia delas obras, corriendo el dueño con la adquisición de los materiales y pago de los jornales de los obreros. Asimismo se debe regir por el concurso mercantil y no civil.
Argumentos que expreso lamayoria:
El lucro que pretende conseguir el constructor se aprecia en la reventa de los materiales, y al incorporar los materiales a la obra, no lo hace por el justo precio que los adquirió, sino conun plus producido por su labor.
- El art. 1629 del Cód. Civil y su nota, hace referencia al constructor que sea propietario del material empleado, no más bien a quien lo adquiere para lucrar con sureventa al incorporarlo a la obra.
- Poco interesa la proveniencia de la materia, lo que importa es que en la ejecución o incorporación de los mismos a la obra, exista un acto de comercio.
- Losconstructores adquieren a titulo oneroso los bienes muebles para sus obras, con ánimo de lucro, realizando la actividad por cuenta propia y haciendo de ello su profesión habitual (requisitos del art. 1 y8 Cód. Comercio)
- No interesa el destino que se da a las cosas, sino el hecho de la enajenación y ánimo de lucro del constructor; que la cosa se transforme en inmueble por adhesión soncircunstancias ajenas a la comercialidad del acto.
Argumentos que entendió la minoría:
- El empresario de construcción es un locador de obra, contemplado explícitamente en el Cód. Civil y omitido por el...
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