Gestión de Riesgos

Páginas: 7 (1651 palabras) Publicado: 23 de febrero de 2015
Caso práctico

Trabajo: Construcciones Sol

Construcciones Sol, S.A. es una empresa inmobiliaria que ha decidido promover la construcción de un edificio de 400 viviendas en Madrid. Para desarrollar esa labor ha contratado los servicios de Construcciones Integrales, S.L., a la cual le ha encomendado la realización total de la obra, cuya duración se estima en dos años.

ConstruccionesIntegrales, S.L. desarrollará la obra con su propio personal, salvo las siguientes tareas:

Labores de fontanería y electricidad, para las que contratará a la empresa especializada Electricidad La Luz, S.L.
Instalación del aire acondicionado: Construcciones Integrales, S.L. contratará a Juan Pérez López, autónomo que cuenta con una plantilla de cinco trabajadores.
Colocación de aluminio, que serácontratado por Construcciones Integrales, S.L. al Sr. David Rojas Rojas, trabajador autónomo sin trabajadores contratados.

Preguntas del profesor

Con los datos facilitados en el caso práctico y los que necesites extraer de las unidades que componen la asignatura, indica de forma esquemática las principales obligaciones preventivas que, de acuerdo a la legislación específica del sector dela construcción, tienen los siguientes sujetos del caso:

Construcciones Sol, S.A.
Construcciones Integrales, S.L.
Electricidad La Luz, S.L.
Juan Pérez López
David Rojas Rojas

Extensión máxima: 2 páginas, fuente Georgia 11 e interlineado 1,5.
En el caso de la construcción fue necesaria la implementación específica para el sector a través del Real Decreto 1627/1997.

ConstruccionesSol, S.A. - PROMOTOR
Construcciones Integrales, S.L. - CONTRATISTA
Electricidad La Luz, S.L. – SUBCONTRATISTA
Juan Pérez López – TRABAJADOR AUTÓNOMO
David Rojas Rojas – TRABAJADOR AUTÓNOMO

Artículo 3.Designacion de los coordinadores en materia de seguridad y salud.
1. En las obras incluidas en el ámbito de aplicación del presente Real Decreto. Cuando en la elaboración del proyectoe la intervengan varios proyectistas, el promotor designará un coordinador en materia de seguridad y de salud durante la elaboración del proyecto de obra.
2. Cuando en la ejecución de la obra intervenga más de una empresa o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos, el promotor, antes del inicio de los trabajos o tan pronto como se constate dicha circunstancia,designará un coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra.
3. La designación de los coordinadores en materia de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto de obra y durante la ejecuci6n de la obra podrá recaer en la misma persona.
4. La designaci6n de los coordinadores no eximirá al promotor de sus responsabilidades

Artículo 11. Obligaciones de loscontratistas y subcontratistas.

1. Los contratistas y subcontratistas estarán obligados a:
a) Aplicar los principios de la acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en particular al desarrollar las tareas 0 actividades indicadas en el artículo 10 del presente Real Decreto.
b) Cumplir y hacer cumplir a su personal lo establecido en el plande seguridad y salud al que se refiere el artículo 7.
c) Cumplir la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, teniendo en cuenta, en su caso, las obligaciones sobre coordinación de actividades empresariales previstas en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como cumplir las disposiciones mínimas establecidas en el anexo IV del presente Real Decreto,durante la ejecuci6n de la obra.
d) Informar y proporcionar las instrucciones adecuadas a los trabajadores autónomos sobre todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y salud en la obra.
e) Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra o, en su caso, de la direcci6n...
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