Hacienda El Fisco
CONDONACIÓN DE RECARGOS.- Las autoridades fiscales podrán condonar total o parcialmente los recargos derivados de un ajuste a los precioso montos de contraprestaciones en operaciones entre partes relacionadas, siempre que dicha condonación derive de un acuerdo de autoridad competente sobre las bases dereciprocidad con las autoridades de un país con el que se tenga celebrado un tratado para evitar la doble tributación; tratándose de contribuyentes que se encuentren sujetos a unprocedimiento de concurso mercantil; y un tipo de condonación o reducción parcial de recargos por prórroga sobre un plazo de tiempo en el que deben aplicar recargos por mora.CONDONACIÓN POR MULTAS.- El CFF establece la facultad a la SHCP para condonar multas por infracción a las disposiciones fiscales, inclusive determinadas por el propio contribuyente,así como:
cuando se trate de contribuyentes que se encuentren sujetos a un procedimiento de concurso mercantil.
Un tipo de reducción o disminución de las multasconsagrado en el articulo 70-A.
Tienen derecho a solicitar la condonación de multas cualquier persona que haya cometido alguna infracción por la cual esta obligado a pagar una multa.
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