Incapacidades Laborales
La Ley 100 de1993 “Por la cual se establece el Régimen de Seguridad Social Integral”, indica en el artículo 206, que el régimen contributivo reconocerá las incapacidades originadas en enfermedad general, deconformidad con las disposiciones legales vigentes.
Asimismo, el artículo 28 del Decreto 806 de 1998, consagra a favor de los afiliados al régimen contributivo, el otorgamiento de subsidio en dinero encaso de enfermedad o accidente ocasionados por cualquier causa de origen no profesional.
La incapacidad por enfermedad general conforme a lo indicado en la Circular 011 de 1995 de laSuperintendencia Nacional de Salud, se define como el “reconocimiento de la prestación de tipo económico y pago de la misma que hacen las EPS a sus afiliados cotizantes no pensionados, por todo el tiempo en queestén inhabilitados física o mentalmente para desempeñar en forma temporal su profesión u oficio habitual. En ningún caso se le pagará a un afiliado al sistema simultáneamente incapacidad por enfermedadgeneral, incapacidad por enfermedad profesional y pensión de invalidez absoluta o por gran invalidez”.
El valor a pagar es dos terceras partes (2/3) del salario que devengue el trabajador durante losprimeros noventa (90) días de incapacidad, y la mitad (1/2) durante los siguientes noventa (90) días. (Artículo 18 Decreto 3135 de 1968 - Artículo 9 Decreto 1848 de 1969 y Articulo 227 del CódigoSustantivo del Trabajo). En el caso de salario variable, aplicable a trabajadores que no devenguen salario fijo, se tendrá como base el promedio de los doce (12) meses anteriores a la fecha de inicio dela incapacidad, o todo el tiempo si éste fuere menor. (Articulo 288 del Código Sustantivo del Trabajo)
El pago lo hará directamente el empleador al afiliado cotizante dependiente, con la misma...
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