ingenieria
Los fondos necesarios para sufragar los gastos de funcionamiento del colegiode ingenieros de Venezuela provendrán de los derechos de inscripción, de las tasas por la tramitación de autorizaciones, de las contribuciones periódicas de sus miembros y de otros ingresos lícitos.La cancelación oportuna de derechos, tasa y cuotas es obligatoria.
Del articulo se puede analizar que los fondos o ingresos propios del colegio de ingenieros de Venezuela serán de lainscripción de sus miembros, ósea los ingenieros inscriptos de los provenientes de las autorizaciones que el colegio les otorgue a sus afiliados de los ingresos lícitos que está permitido por la ley, tambiénde la cancelación para disfrutar de los derechos que les brinda el colegio de ingenieros y de la cancelación mensual de las cuotas de todos los agremiados.
Artículo 25 del capítulo 8 delproyecto de reforma de la ley de ejercicio de la ingeniería arquitectura y profesiones afines.
De este articulo se puede interpretar que todos los agremiados al colegio de ingenieros que esténdesempleados no pueden ser excluidos del colegio de ingenieros, tiene que ser todo lo contrario se debe brindar apoyo a todos los ingenieros o arquitectos que se encuentren desempleados y deberán serincluidos todos los programas de adiestramiento también podrán disfrutar de las aéreas sociales y culturales de las instalaciones de los colegios de ingenieros igualmente sus familiares.Republica Bolivariana De Venezuela
Instituto Universitario Politécnico
“SANTIAGO MARIÑO”
EXTENSIÓN CARACAS
Cátedra Ética y Deontología Profesional
Proyecto de reforma de laley de ejercicio de la ingeniería, arquitectura, y profesiones afines
Profesor.
Ing. Alex Rodríguez
Autor: Medina Jhon
Exp.4616543552
Caracas 15 de noviembre del 2013...
Regístrate para leer el documento completo.