injurias
PRIMERA: EL ARRENDADOR es propietario del inmueble ubicado en Jr. Clement, Tienda 1537, Distrito de Pueblo Libre,Provincia y Departamento de Lima cuyodominio,linderos, medidas perimétricas y demás especificaciones corren debidamente inscritos en la partida número 07075066 del Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de Lima,respectivamente.
SEGUNDA: Por el presente contrato LA ARRENDADORA da en arrendamiento a la ARRENDATARIA la tienda Nº 1537 ubicada en Jr. Clement, Distrito de Pueblo Libre,Provincia yDepartamento de Lima, descrito en la Cláusula primera procedente de LOS ARRENDATARIOS por lo que por ninguna circunstancia podrá ser destinado para otra finalidad distinta de la pactada.
TERCERA:El presente contrato tiene un plazo de un (1)periodo de un año forzoso para ambas partes, que comienza a partir de 02 de enero del 2014 y termina indefectiblemente el 31 de diciembre del2014.
No obstante lo indicado, el presente contrato podrá renovarse de mutuo acuerdo de las partes en los términos y condiciones que se pacten al momento de su renovación.
Regístrate para leer el documento completo.