Ius variati
Asimple vista parecería que el patrono puede modificar condiciones del contrato de trabajo, bajo el amparo de su potestad de mando y dirección. Sin embargo, esta potestad del patrono se encuentra limitadapor tres factores que definen la procedencia de la modificación.
Primero, que el elemento que se modifica no sea una parte esencial del contrato de trabajo.
Segundo, que exista una necesidadreal del patrono para ejecutar la modificación, y
tercero, que al trabajador no se le cause un perjuicio grave con la modificación.
La comprobación de la necesidad real del patrono de efectuar elcambio, así como la comprobación del perjuicio del trabajador son condiciones más sencillas de determinar, a diferencia de cuáles son las condiciones esenciales del contrato de trabajo. No existe unalista taxativa de cuales términos de la contratación pueden ser modificados unilateralmente por el patrono, razón por la cual es necesario analizar cada caso en concreto, aunque repetidamente lajurisprudencia sí ha señalado cuáles no se pueden modificar, a saber, todos aquellos que se refieran a las condiciones esenciales de la contratación: puesto, funciones, status, salario, jornada, lugar detrabajo.
Si del análisis de cada caso, se concluye que el Ius Variandi es abusivo, o sea, que la modificación que pretende el patrono traspasa los límites de su potestad de mando, ¿cuáles son lasconsecuencias de su ejecución? La implicación legal relevante de un Ius Variandi Abusivo, es la posibilidad que la ley le concede al trabajador en situaciones como la descrita, para dar por terminado el...
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