Jhon
En uso de las atribuciones legales conferidas por los artículos: 850 y 572 – 1 del Estatuto Tributario Nacional, 15 del Decreto 650 de 1996, las Ordenanzas 024 de 1997, 09de 1999 y 019 de 2000, el artículo 6 del Decreto Departamental 158 de 2005, procede a resolver sobre la solicitud de una devolución.
SITUACIÓN FÁCTICA
1. El 11 de agosto de 2010, para elcumplimiento de obligación fiscal relacionada al impuesto de registro se efectuó pago a través del recibo de caja que enseguida se detalla:
Documento Escritura No. 1550 del 09 de agosto de 2010 MatrículaInmobiliaria 50S-40294943
Responsable MARÍA GLADYS DUARTE CC 41647581
Contribuyente JESÚS ALADINO CELIS MONTALVO CC 11308403
Recibo de Pago 100105805 Fecha de pago 11 de agosto de 2010
ActoImpuesto Intereses Impuesto + Intereses
DECLARACION CON CUANTIA $ 350.000,00 $ 0,00 $ 350.000,00
TOTAL $ 350.000,00 $ 0,00 $ 350.000,00
TASA $ 13.000,00
TOTAL RECIBO $ 363.000,00
2. Con radicadoNo. 2010096721, del 2010-09-21, la señora MARÍA GLADYS DUARTE VILLARRAGA, identificada con la C.C. No. 41.647.581 de Bogotá, solicitó la devolución de los dineros de que da cuenta el mencionadorecibo, aportando como medios de prueba: a) Copia de su documento de identificación; b) Original del recibo de caja; c) Escritura pública No. 1550 del 09-08-2010; d) nota devolutiva del 10 de septiembre de2010 (Radicado No. 2010-84960); y, e) Certificado de Tradición y Libertad de la matrícula inmobiliaria No. 50S-40294943 del 07-09-2010.
C O N S I D E R A N D O S
Mediante la Ley 223 del 20 dediciembre de 1995 se creó el Impuesto de Registro, cuyo hecho generador está constituido por la inscripción de actos, contratos o negocios jurídicos documentales en los cuales sean parte o beneficiarioslos particulares y que de conformidad con las disposiciones legales, se deben registrar en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos o en las Cámaras de Comercio. Además, indica el artículo...
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