Jurisprudencia sobre tercerias y reavaluos

Páginas: 12 (2854 palabras) Publicado: 6 de mayo de 2010
Registro No. 164884
Localización:
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXXI, Marzo de 2010
Página: 3083
Tesis: III.2o.C.178 C
Tesis Aislada
Materia(s): Civil
TERCERÍA EXCLUYENTE DE PREFERENCIA. OPORTUNIDAD DE SU PRESENTACIÓN (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 1374 DEL CÓDIGO DE COMERCIO).
En términos del artículo1374 del Código de Comercio, la tercería excluyente de preferencia se basa en un mejor derecho que el tercero deduce para ser pagado con el producto de la venta del bien embargado; motivo por el cual, no hay obstáculo para que se lleve a cabo el remate; empero, en tal evento, el pago sí debe suspenderse, porque antes de entregarse el producto de la subasta, debe definirse quién tiene mejor derecho aser pagado con el mismo. Así, la oportunidad para deducir una tercería de tal naturaleza, en el caso de que ya se hubiera verificado la venta judicial, es antes de que se haya hecho el pago al ejecutante. Por ende, si una tercería se promovió con posterioridad a la fecha en que se verificó el remate que se fincó a favor del actor y ejecutante, dicha tercería resulta extemporánea, pues dada laausencia de postores y la solicitud expresa de que se le adjudicara al actor el bien embargado en el precio establecido en la subasta, ello conlleva el pago del adeudo reclamado por aquél, a raíz de la transmisión de la propiedad del bien embargado. Lo anterior, porque en ese supuesto, ya no existe mejor derecho o preferencia que definir, en relación con el pago de la venta judicial del bien aejecutar en el juicio mercantil ejecutivo de origen, precisamente por haberse consumado dicho pago en favor de la parte actora.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.
Amparo directo 605/2009. Graciela Ornelas Ruiz y otros. 22 de enero de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Gerardo Domínguez. Secretario: Manuel Ayala Reyes.

Registro No. 167612
Localización:
Novena ÉpocaInstancia: Primera Sala
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXIX, Marzo de 2009
Página: 337
Tesis: 1a./J. 125/2008
Jurisprudencia
Materia(s): Civil
TERCERÍA EXCLUYENTE DE DOMINIO EN MATERIA MERCANTIL. PUEDE PROMOVERSE HASTA ANTES DE QUE SE HAYA DADO POSESIÓN DE LOS BIENES AL REMATANTE O AL ACTOR (APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA LEGISLACIÓN PROCESAL CIVIL DEL DISTRITOFEDERAL).
De la interpretación sistemática de los artículos del Código de Comercio (vigente antes de las reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 24 de mayo de 1996) relativos a la tercería excluyente de dominio, embargo y remate de bienes, se advierte que dicha legislación no establece un plazo límite para la interposición de la tercería, ya que no distingue entre el remate y laasignación de la posesión de los bienes de que se trate; de ahí que conforme al artículo 1054 del citado Código, procede aplicar supletoriamente la legislación procesal civil local. Así, se concluye que para dar seguridad jurídica a las partes, tratándose de juicios mercantiles en el Distrito Federal, debe atenderse a los artículos 664 y 665 del Código de Procedimientos Civiles local, los cualesprecisan específicamente que la tercería excluyente de dominio puede promoverse hasta antes de que se haya dado posesión de los bienes al rematante o al actor.
Contradicción de tesis 77/2008-PS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Tercero y Noveno, ambos en Materia Civil del Primer Circuito. 29 de octubre de 2008. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Juan N. Silva Meza. Ponente:Sergio A. Valls Hernández. Secretario: Alberto Rodríguez García.

Tesis de jurisprudencia 125/2008. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha cinco de noviembre de dos mil ocho.

Registro No. 167634
Localización:
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXIX, Marzo de 2009
Página: 2869...
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