La experiencia juvenil en una sociedad mediatica
ARTICULO 7. El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana.
ARTICULO 8. Es obligación del Estado y de las personasproteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.
CAPITULO II - DE LOS DERECHOS SOCIALES, ECONOMICOS Y CULTURALES
ARTICULO 70. El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a lacultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso decreación de la identidad nacional.
La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país. El Estadopromoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación.
ARTICULO 71. La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes dedesarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y latecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades.
ARTICULO 72. El patrimonio cultural de la Nación está bajo laprotección del Estado. El patrimonio arqueológico y otros bienes culturales que conforman la identidad nacional, pertenecen a la Nación y son inalienables, inembargables e imprescriptibles. La leyestablecerá los mecanismos para readquirirlos cuando se encuentren en manos de particulares y reglamentará los derechos especiales que pudieran tener los grupos étnicos asentados en territorios de riquezaarqueológica.
ARTICULO 73. La actividad periodística gozará de protección para garantizar su libertad e independencia profesional.
ARTICULO 74. Todas las personas tienen derecho a acceder a los...
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