La nueva reforma en amparo
El 6 de junio pasado se publicaron en el Diario Oficial de la Federación cambios muy importantes a la Constitución General de la República, concretamente alos artículos 94, 103, 104 y 107, en materia de Poder Judicial de la Federación y Ley de Amparo
Los cambios se pueden resumir esencialmente de la siguiente forma:
I. Se amplia elobjeto del juicio de amparo integrando a su ámbito de protección a los derechos fundamentales (Derechos Humanos) contenidos en los instrumentos internacionales ratificados por el Estado mexicano.II. Se amplia el juicio de amparo respecto de controversias suscitadas por normas generales (antes decía solo "leyes"), y omisiones en que incurra la autoridad.
III. Se precisa que laprotección de derechos fundamentales es independiente de su carácter individual o social.
IV. Asimismo, se precisa la necesidad de armonizar el juicio de amparo con las transformaciones de variasinstituciones jurídicas siguiendo la serie de reformas que históricamente ha sufrido hasta llegar a su estado actual.
V. Se establece la figura del amparo adhesivo dando la posibilidad a la parte quehaya obtenido sentencia favorable y a la que tenga interés, en que subsista el acto de promover el amparo con el objeto de mejorar las consideraciones de la sentencia definitiva, laudo o resolución quepone fin al juicio que determina una solución favorable a sus intereses.
VI. Se impone al quejoso o a quien promueva el amparo adhesivo la carga de invocar todas aquellas violaciones procesalesque estime puedan violar sus derechos cometidos en el procedimiento de origen. Se pretende con esto que en un sólo juicio queden resueltas las violaciones procesales que puedan aducirse respecto de latotalidad del proceso y no a través de diversos amparos como ahora sucede.
VII. Se introduce la figura del interés legítimo permitiendo que se constituya como quejoso en el amparo,...
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