La Responsabilidad Por El Daño Ambiental En VEnEZUEla

Páginas: 75 (18711 palabras) Publicado: 15 de abril de 2012
INTRODUCCIÓN

La presente ponencia tiene por objeto describir el régimen de la responsabilidad civil, penal y administrativa por el daño ambiental, en Venezuela, y examinar "lo que realmente sucede" en ese sistema jurídico, dentro del marco del Seminario Interamericano "La Responsabilidad por el Daño Ambiental", organizado por la Oficina Regional para América Latina y el Caribe (ORPALC) delPrograma de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), la Universidad Interamericana de Puerto Rico y el Fideicomiso de Conservación de Puerto Rico y desarrollado en la ciudad de San Juan de Puerto Rico, los días 25 al 27 de Octubre de 1995.

En este sentido, se observa que la ponencia sigue fielmente el contenido y exigencias del documento "Pautas para la Elaboración de las Ponencias",dando respuesta a las interrogantes planteadas, en el orden temático y cronológico en que son presentadas.

Así, tratemos de determinar si el Ordenamiento Jurídico Venezolano cumple o no con el mandato dispuesto en el Principio 13 de la Declaración de Río de Janeiro de Junio de 1992, emanada de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo (UNCED`92), según el cual: "LosEstados deben elaborar una legislación nacional concerniente a la responsabilidad por los daños causados por la contaminación y otros perjuicios al ambiente y a la indemnización de las víctimas".

SECCIÓN 1. LA RESPONSABILIDAD CIVIL POR EL DAÑO AMBIENTAL

1.1 El Daño Ambiental

1.1.1 El daño ambiental. El daño sobre el medio ambiente. El daño sobre los bienes y la salud de las personasderivado del daño al medio ambiente. El daño sobre el derecho subjetivo al medio ambiente

A) ¿Cómo define el derecho vigente en Venezuela al "daño ambiental"?

La ley marco que regula la cuestión ambiental en Venezuela, es decir la Ley Orgánica del Ambiente, promulgada el 15 de Junio de 1976, no define lo que debe entenderse por "ambiente" y tampoco contiene una noción precisa sobre lo quehabrá de conceptualizarse como "daño ambiental", tan sólo declara de utilidad pública la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente (Artículo 2) y señala las actividades que comprenderá dicha conservación, defensa y mejoramiento (Artículo 3).

Así, entre otras: la ordenación territorial y la planificación de los procesos de urbanización, industrialización, poblamiento y desconcentracióneconómica, en función de los valores del ambiente; el aprovechamiento racional de los suelos, aguas, flora, fauna, fuentes energéticas y demás recursos naturales, continentales y marinos, en función de los valores del ambiente; la creación, protección, conservación y mejoramiento de parques nacionales, reservas forestales, monumentos naturales, zonas protectoras, reservas de regiones vírgenes, cuencashidrográficas, reservas nacionales hidráulicas, refugios, santuarios y reservas de fauna silvestre, parques de recreación a campo abierto o de uso intensivo, áreas verdes en centros urbanos o de cualesquiera otros espacios sujetos a un régimen especial en beneficio del equilibrio ecológico y del colectivo; la prohibición o corrección de actividades degradantes del ambiente; etc.

Por otrolado, en su Artículo 20 enumera ejemplificativamente las actividades que son susceptibles de degradar el ambiente y, por tanto, de causar daños ambientales, como las que directa o indirectamente contaminen o deterioren el aire, el agua, los fondos marinos, el suelo o el subsuelo o incidan desfavorablemente sobre la fauna o la flora; las alteraciones nocivas de la topografía; las alteraciones nocivasdel flujo natural de las aguas; la sedimentación en los cursos y depósitos de aguas; los cambios nocivos del lecho de las aguas; la introducción y utilización de productos o sustancias no biodegradables; las que producen ruidos molestos o nocivos; las que deterioran el paisaje; las que modifican el clima; las que produzcan radiaciones ionizantes; las que propenden a la acumulación de residuos,...
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