Las Relaciones Entre El Derecho Internacional Y El Derecho Interno Argentino

Páginas: 14 (3456 palabras) Publicado: 21 de mayo de 2012
Las relaciones entre el derecho internacional y
el derecho interno argentino





INTRODUCCIÓN


Son dos los problemas que atañen a las relaciones entre el derecho internacional y el derecho interno: la incorporación del derecho internacional al derecho estatal y la relación jerárquica entre ambos. En el presente trabajo se analizarán las normas constitucionales argentinas así como lostratados vigentes suscriptos por nuestro país, que nos permitan resolver ambas cuestiones, en confrontación con la jurisprudencia de nuestros tribunales.



I. LA INCORPORACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL (Aplicabilidad)


Existen dos formas de incorporación del derecho internacional (convencional o consuetudinario): automáticamente o a través de un acto formal del Estado (que puede ser unaley u otra fuente) que lo recepte, transforme o integre al derecho interno. La incorporación automática o directa de los tratados o de la costumbre internacional es tenida en cuenta por lo que la doctrina denomina “teoría monista”, que considera al derecho internacional y al derecho interno como dos subsistemas que pertenecen a un mismo ordenamiento jurídico. Por oposición, la “teoría dualista”,al considerar que ambos derechos pertenecen a dos ordenamientos distintos, requiere la transformación del derecho internacional para poder ser aplicado en el orden jurídico interno.

1. La incorporación de los tratados en nuestro derecho interno

Lo relativo a los tratados celebrados por escrito se encuentra regulado en dos acuerdos internacionales: 1) La Convención de Viena sobre el Derechode los Tratados, suscripta en 1969, ratificada por nuestro país el 05/12/72 y en vigor desde el 27/01/80, que se aplica a los tratados celebrados por escrito entre Estados, y 2) la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados entre Estados y Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones internacionales, suscripta en 1986 (la R.A. la firmó el 30/01/87) ratificada por nuestro país el17/08/90, aunque aún no ha entrado en vigencia.

Los tratados celebrados “en buena y debida forma” (por oposición a los acuerdos en forma simplificada que se concluyen con la negociación y la firma) atraviesan distintas etapas: negociación, adopción del texto, autenticación y manifestación del consentimiento en obligarse. Esta última etapa puede realizarse por medio de la ratificación,adhesión (en el caso de terceros Estados), etc.

Para nuestro derecho, el tratado es un acto complejo federal[1], por cuanto en su celebración intervienen los Poderes Ejecutivo y el Legislativo de la Nación.

En sede internacional, es el Poder Ejecutivo Nacional quien negocia y ratifica los tratados. Así, el actual artículo 99 de nuestra Carta Magna (conforme la reforma de 1994), en su inciso 11establece que el P.E.N. “concluye y firma tratados, concordatos y otras negociaciones requeridas para el mantenimiento de buenas relaciones con las organizaciones internacionales y las naciones extranjeras ...”. Este párrafo concuerda con el anterior artículo 86, inciso 14, destacándose que en su nueva redacción se amplió su ámbito de aplicación al evitar hacer referencia al objeto de los tratados;además se incluyeron los celebrados con las organizaciones internacionales.

En el ámbito interno, nuestra C.N. exige que los tratados con las Naciones extranjeras sean aprobados por el Congreso de la Nación, tal como prescribe el reformado artículo 75, en el inciso 22: “Aprobar o desechar tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales y los concordatos conla Santa Sede”. También en este artículo se hizo referencia a las organizaciones internacionales, a diferencia del anterior artículo 67, inciso 19.

Por lo tanto, para el derecho argentino, la celebración de los tratados comprende las siguientes etapas: negociación, adopción y autenticación del texto (por el Poder Ejecutivo Nacional, –generalmente a través de la Cancillería–; aprobación del...
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