Legislacion Laboral
Entre la Constructora Rincón Rincón y Juan Carlos Pérez , personas Jurídica
y Natural mayores vecinas de esta ciudad, con identificaciones NIT
900630210 y Numero de Cedula7201302 respectivamente correspondientes como
aparece al pie de nuestras correspondientes firmas, quienes por efectos
legales se denominaran El Empleador, la primera, y El Trabajador, la
segunda,acuerdan celebrar el presente contrato individual de trabajo a
termino indefinido, regido por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: El empleador contrata los servicios personales, del trabajador
paradesempeñar los oficios de Supervisor para la de todo tipo de obra que
se estén en proceso, a partir del 01/02/2006, en un horario de 8:00 am a
12:00 pm y 2:00 pm a 5:00 pm, labor que se desarrollaraen la Ciudad de
Duitama en el Departamento de Boyacá, devengando un Salarios de quinientos
cincuenta mil pesos M/Cte ($550.000) mensuales, pagaderos quincenalmente el
día 15 y 30 o 31 de cada mes.Son Obligaciones Especiales del Trabajador
a. Colocar al servicio del empleador toda su capacidad normal de trabajo,
de manera exclusiva, en el desempeño de las funciones propias del cargocontratado y en las labores conexas y complementarias del mismo, en
consideración con las órdenes e instrucciones que le imparta al empleador o
sus representantes;
b. No prestar directa niindirectamente servidos laborales a otros
empleadores, ni trabajar por cuenta propia en el mismo oficio durante la
vigencia del presente contrato;
c. Laborar la jornada ordinaria en los turnos y dentro delhorario señalado
en este contrato, pudiendo empleador efectuar ajustes o cambios de horario
cuando lo estime conveniente
d. Conservar y devolver al empleador, una vez terminado el presentecontrato, los elementos especial! de trabajo suministrados, específicamente
armas, municiones. distintivos, uniformes, teléfonos y relojes;
e. Mantener en su lugar de trabajo únicamente el arma de...
Regístrate para leer el documento completo.