Ley 39 Del 30 De Abril Del 2003 De Panama
El resultado de la negación y la irresponsabilidad paterna es una circunstancia que se manifiesta en todas las esferas sociales, e involucra desde adolescentesembarazadas, hasta mujeres profesionales y empresarias. Algunas aceptan criar solas a sus bebés por desconocimiento de la ley, otras por el orgullo personal de saberse autosuficientes para garantizarel bienestar de su criatura.
Sin embargo, el reconocimiento de un hijo o hija va mas allá del orgullo o del pudor. Se trata de un derecho del nuevo ser humano a estar legalmente reconocido por suspadres biológicos y a tener una identidad verdadera.
El menor que no esté registrado y debidamente reconocido, pierde todo los derechos que derivan de su propia identidad, derechos alimentariosprenatales, derechos alimentarios hasta que cumpla los 18 años ó 25 si continúa sus estudios, derecho a pertenecer a una familia y a relacionarse con sus familiares maternos y paternos, derecho a heredaro adquirir legados familiares, entre otros.
Mediante la Ley 39 de 30 de abril de 2003, usualmente llamada “Ley de Paternidad Responsable”, se creó un procedimiento nuevo y especial deReconocimiento para responsabilizar a aquellos hombres que nieguen la paternidad de su hijo. Gracias a esta ley se ha logrado disminuir las cifras proporcionadas por el Tribunal Electoral, que indicaban queexistían al 2000 casi 45,292 niños y niñas que entre el período de 1995 a 2000 vivían legalmente en el anonimato, hijos de padres sin rostros, incluyendo a los reconocidos únicamente con el apellido de lamadre.
Qué hacer cuando un hombre niega a su hijo?
Cuando una mujer va a dar a luz, conciente que el progenitor se niega a reconocerlo, debe declarar bajo la gravedad de juramento el nombre delpadre, ante el registrador auxiliar del hospital o centro de salud donde ocurre el nacimiento del menor, ó ante la Dirección General del Registro Civil del Tribunal Electoral. Es entonces cuando se da...
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