Ley de comercializacion de hidrocarburos
Decreto Número 109-97
Y SU REGLAMENTO
Acuerdo Gubernativo 522-99
Ultimas Reformas al Reglamento
12/Noviembre/2007
DECRETO NUMERO 109-97
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que es obligación del Estado orientar la comercialización de los productos petroleros que se importen o produzcan internamente para el consumonacional y el adecuado desarrollo de la Economía Nacional.
CONSIDERANDO:
Que es mandato constitucional para el Estado, crear y promover las condiciones adecuadas para el desarrollo ordenado y eficiente del comercio interior y exterior, siendo imperativo con este mandato, impulsar la libre comercialización de los hidrocarburos, desde su importación y producción hasta llegar al consumidorfinal; y con ello contribuir a incentivar una sana competencia que beneficie al consumidor final.
CONSIDERANDO:
Que para la existencia de un mercado de competencia es necesaria la libre participación de empresas que se dediquen a las diferentes actividades que conlleva la comercialización de hidrocarburos y evitar los monopolios, oligopolios y prácticas privilegiadas.
CONSIDERANDO:Que conforme a la tendencia de modernización del Estado, es necesario orientar y readecuar las funciones concedidas al Ministerio de Energía y Minas, en lo referente a la comercialización de hidrocarburos, con el propósito de facilitar e incentivar la participación del sector privado en esta actividad, y de velar porque se cumpla con las normas de seguridad, protección del medio ambiente,calidad, volúmenes y pesos de despacho.
CONSIDERANDO:
Que es conveniente agrupar y ordenar todas las disposiciones relacionadas con la comercialización de hidrocarburos, que en la actualidad se encuentran dispersas en varias leyes y reglamentos, y que señalan funciones al Ministerio de Energía y Minas.
POR TANTO:
En el ejercicio de las atribuciones que le confiere la literal a) delartículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
DECRETA:
La siguiente:
LEY DE COMERCIALIZACION DE HIDROCARBUROS
TITULO I
REGIMEN GENERAL
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. OBJETO. Esta ley tiene por objeto:
a) Propiciar el establecimiento de un mercado de libre competencia en materia de petróleo y productos petroleros, que proveabeneficios máximos a los consumidores y a la economía nacional;
b) Agilizar los procedimientos relativos a las autorizaciones y funcionamiento de las diversas actividades que conllevan la refinación, transformación y la comercialización de petróleo y productos petroleros;
c) Velar por el cumplimiento de normas que fomenten y aseguren la comercialización, evitando las conductas contrarias a la libre yjusta competencia;
d) Velar por el cumplimiento de normas que protejan la integridad física de las personas, sus bienes y el medio ambiente; y,
e) Establecer parámetros para garantizar la calidad, así como el despacho de la cantidad exacta del petróleo y productos petroleros.
Artículo 2. ABREVIATURAS. Para los efectos de esta ley, se emplearán las siguientes abreviaturas:
MINISTERIO:Ministerio de Energía y Minas
DIRECCION: Dirección General de Hidrocarburos
GLP: Gas Licuado de Petróleo
Artículo 3. DEFINICIONES. Para los efectos de esta ley, se emplearán las siguientes definiciones:
Adulterar: Mezclar con sustancias extrañas o extraer parte de los componentes de un producto, que disminuyan o modifiquen su calidad conforme a especificacionesestablecidas por el Ministerio.
Almacenador: Es toda persona individual o jurídica, autorizada para operar instalaciones de almacenamiento de petróleo y productos petroleros.
Alteración: Todo cambio físico o de cualquier naturaleza que se efectúe en medidores, equipo fijo o rodante, u otra instalación, que incremente el precio o disminuya el peso o volumen en la entrega de productos.
Cadena de...
Regístrate para leer el documento completo.