Ley de seguros anexo codigo de comercio
DEL CONTRATO DE SEGURO
Reformas: Ver sección II, p. 133
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Reformas: Ver sección II, p. 134
Sección 1a
Definiciones y elementos del contrato de seguros
Reformas: Ver sección II, p. 134
Art. 1 (722.1).- [Definición].- El seguro es un contrato mediante el cual una de las partes, el asegurador, se obliga, a cambio de pago de unaprima, a indemnizar a la otra parte, dentro de los limites convenidos, de una perdida o un daño producido por un acontecimiento incierto; o a pagar un capital o una renta, si ocurre la eventualidad prevista en el contrato.
Concordancias: CC: 1457; 2163 num. 1
Reformas: Ver sección II, p. 134
Art. 2 (722.2).- [elementos de la esencia].- Son elementos los esenciales del contrato de seguro:Concordancias: CC 1460
1. El asegurador;
Concordancias: Cco: 722.3
2. El solicitante;
Concordancias: Cco: 722.3
3. El interés asegurable;
4. El riesgo asegurable
Concordancias: Cco: 722.3
5. El monto asegurado o el limite de responsabilidad del asegurador, según el caso;
6. La prima o precio del seguro; y,
7. La obligación del asegurador, de efectuar el pago del seguroen todo o en parte, según la extensión del siniestro.
Concordancias: Cco: 722.5
A falta de uno o mas de estos elementos, el contrato de seguro es absolutamente nulo.
Reformas: Ver sección II, p. 134
Art. 3 (722.3).- [Asegurador, solicitante, asegurado y beneficiario].- Para los efectos de esta ley, se considera asegurador a la persona jurídica legalmente autorizada para operar en elEcuador, que asume los riesgos especificados en el contrato de seguros; solicitante a la persona natural o jurídica que contrata el seguro, sea por cuenta propia o por la de un tercero determinado o determinable que traslada los riesgos del asegurador; asegurado es la interesada en la traslación de riesgos; y, beneficiario, es la que a de percibir, en caso de sinistro, el producto del seguro.Concordancias: Cco: 722.4; 722.5
Una sola persona puede reunir las calidades de solicitante, asegurado y beneficiario.
Reformas: Ver sección II, p. 135
Art. 4 (722.4).- [Riesgo].- Denominase riesgo el suceso incierto que no depende exclusivamente de la voluntad del solicitante, asegurado, o beneficiario, ni de la del asegurador, y cuyo acaecimiento hace exigible la obligación del asegurador.Los hechos ciertos, salvo la muerte, y los físicamente imposibles no constituyen riesgo y son, por tanto extraños al contrato de seguro.
Reformas: Ver sección II, p. 135
Art. 5 (722.5).- [Siniestro].- Se denomina siniestro la ocurrencia del riesgo asegurado.
Concordancias: Cco: 722.4
Reformas: Ver sección II, p. 135
SECCIÓN 2A
DE LA PÓLIZA
Reformas: Ver sección II, p. 135Art. 6 (722.6).- [Perfeccionamiento y prueba de contrato].- El contrato de seguro se perfecciona y prueba por medio de documento privado que se extenderá por duplicado en el que se harán constar los elementos esenciales. Dicho documento se llama póliza; ésta debe redactarse en castellano y ser firmada por los contratantes.
Concordancias: Cco: 722.2 // CPC: 191
Art. 7 (722.7).- [Contenido].-Toda póliza debe contener los siguientes datos:
Concordancias: LGSeg: 25;26
a) El nombre y el domicilio del asegurador;
Concordancias: Cco: 722.3 // CC: 45; 47-49
b) Los nombres y domicilios del solicitante, asegurado y beneficiario;
Concordancias: Cco: 722.3 // CC: 45; 47-49
c) La calidad en que actúa el solicitante del seguro;
d) La identificación precisa de la persona o cosa conrespecto a la cual se con trata el seguro;
e) La vigencia del contrato, con indicación de las fechas y horas de iniciación y vencimiento, o el modo determinar unas o otras;
f) El monto asegurado o el monto de precisarlo;
g) La prima o le modo de calcularla;
h) La naturaleza de los riesgos tomados a su cargo por el asegurador;
i) La fecha en que se celebra el contrato y la firma de...
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