Ley general de crédito rural.
TITULO PRIMERO
De las finalidades de la Ley
Artículo 1o.-
Para los efectos de esta Ley, se entiende por crédito rural el que otorguen las instituciones
autorizadas,destinado al financiamiento de la producción agropecuaria y su beneficio,
conservación y comercialización; así como al establecimiento de industrias rurales y en
general, a atender las diversasnecesidades de crédito del sector rural del país que
diversifiquen e incrementen las fuentes de empleo e ingreso de los campesinos.
Artículo 2o.-
Son objetivos de la presente Ley:
I) Propiciarla canalización de los recursos financieros hacia el sector rural y su inversión de manera productiva y eficiente;
II) Auspiciar la organización y a la capacitación de los productores, especialmentede los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios minifundistas, para lograr su incorporación y mayor participación en el desarrollo del país, mediante el mejor aprovechamiento de losrecursos naturales y técnicos de que dispongan.
III) Uniformar y agilizar operación del crédito institucional para que los recursos financieros se reciban en forma suficiente y oportuna;
IV)Propiciar el mejoramiento tecnológico de la producción agropecuaria y agroindustrial, mediante la asistencia técnica y el crédito supervisado, con objeto de aumentar la productividad de las actividadesrurales y la explotación más adecuada de los recursos de que disponen los productores; y
V) Fomentar la inversión en instituciones para la investigación científica y técnica agropecuaria y elfinanciamiento de la educación y capacitación de los campesinos.
VI) Establecer las normas relativas a la naturaleza y funcionamiento de las instituciones nacionales de crédito que constituyen el sistemaoficial de crédito rural, así como su coordinación con los planes de desarrollo rural del Gobierno Federal.
TITULO SEGUNDO
Del sistema Oficial de Crédito Rural
CAPITULO I
De la integración del...
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