Leyes, Decretos Y Resoluciones Expedidas Por El Gobierno Para Regular Lo Referente A La Prestación Del Servicio En El Nivel Preescolar Y En El Ciclo De Básica Primaria A Partir Del 5 De Julio De 1991 Hasta La Fecha Actual.

Páginas: 11 (2524 palabras) Publicado: 22 de septiembre de 2011
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
Artículo 1°. El artículo 116 de la Ley 115 de 1994 quedará así:
Art. 116.- Título para ejercicio de la docencia. Para ejercer la docencia en el servicio educativo se requiere título de normalista superior expedido por una de las normales superiores reestructuradas, expresamente autorizadas por el Ministerio de Educación Nacional, o de licenciado en educación uotro título profesional expedido por una institución universitaria, nacional o extranjera, académicamente habilitada para ello.
Parágrafo Primero. Para garantizar la prestación del servicio educativo estatal en zonas de difícil acceso podrá contratarse su prestación con entidades privadas de reconocida trayectoria e idoneidad, de conformidad con la reglamentación vigente, siempre que el personalque integra las correspondiente listas de elegibles para ser nombrados en esos cargos no acepte el nombramiento, que no se cuente con personal titulado para proveer los cargos en provisionalidad o no se cuente con las correspondientes plazas.
Las entidades contratadas tendrán la obligación de capacitar al personal que se destine para la docencia, remunerarlo de acuerdo con las escalas salarialesfijadas por el Gobierno Nacional y garantizar su afiliación al sistema de seguridad social en los términos de la ley. En todo caso dicho personal deberá acreditar como mínimo la culminación de la educación media, condición ésta que no se aplica a la oferta de servicio educativo para las comunidades indígenas. El servicio educativo que se ofrezca a estas comunidades será atendido provisionalmentecon docentes y directivos docentes etnos educadores normalistas superiores, licenciados en educación o profesionales con título distinto al de licenciado o, cuando no los hubiere disponibles, por personal autorizado por las autoridades tradicionales del correspondiente pueblo indígena, sin los títulos académicos los que se refiere este artículo.

LEY 1295 DE ABRIL 6 DE 2009
"POR LA CUÁL SEREGLAMENTA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LOS NIÑOS Y LAS NIÑAS DE LA PRIMERA INFANCIA DE LOS SECTORES CLASIFICADOS COMO 1, 2 Y 3 DEL SISBEN"
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
TITULOI
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1°. Objeto. Contribuir a mejorar la calidad de vida de las madres gestantes, y las niñas y niños menores de seis años, clasificados en los niveles 1, 2 Y 3 del SISBEN, de manera progresiva, através de una articulación interinstitucional que obliga al Estado a garantizarles sus derechos a la alimentación, la nutrición adecuada, la educación inicial y la atención integral en salud.
Articulo 2°. Derechos de los niños. Los derechos de los niños comienzan desde la gestación, precisamente para que al nacer se garantice su integridad física y mental. Los niños de
Colombia de la primerainfancia, de los niveles 1, 2 Y 3 del SISBEN, requieren la atención prioritaria del Estado para que vivan y se formen en condiciones dignas de protección.
El Estado les garantizará a los menores, de los cero a los seis años, en forma prioritaria, los derechos consagrados en la constitución nacional y en las leyes que desarrollan sus derechos.
Los menores recibirán la alimentación materna, de serposible, durante los primeros años y accederán a una educación inicial, la cual podrá tener metodologías flexibles.
Artículo 3°, Propuesta de Coordinación Interinstitucional para la Atención Integral de la Población Objetivo. En un término máximo de seis (6) meses, después de promulgada la presente ley, los Ministerios de Hacienda, Educación, Protección Social y el Instituto Colombiano deBienestar Familiar -ICBF, bajo la coordinación del Departamento Nacional de Planeación, presentarán una propuesta de atención integral que se proyecte más allá de los programas que ya vienen ejecutando, para 9arantizar a la mujer en embarazo y a los menores de seis (6) años, de los niveles 1, 2 Y 3 del SISBEN, el acceso progresivo e integral a la salud, a la alimentación y a la educación, que además...
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