Leyes

Páginas: 86 (21451 palabras) Publicado: 5 de junio de 2010
ANEXO F
CRITERIOS DE CONTABILIDAD PARA ENTIDADES DE AHORRO Y CREDITO
POPULAR CON ACTIVOS SUPERIORES A 7’000,000 UDIS
CONTENIDO
Serie A. Criterios relativos al esquema general de la contabilidad para Entidades

A - 1 Esquema básico del conjunto de criterios de contabilidad aplicables a Entidades
1 - 1
A - 2 Aplicación de normas particulares 1 - 14
A - 3 Aplicación supletoria alos criterios de contabilidad 1 - 3

Serie B. Criterios relativos a los conceptos que integran los estados financieros

B - 1 Disponibilidades 1 - 2
B - 2 Inversiones en valores 1 - 10
B - 3 Cartera de crédito 1 - 11
B - 4 Bienes adjudicados 1 - 3
B - 5 Avales 1 - 2
B - 6 Custodia y administración de bienes 1 - 4

Serie C. Criterios aplicables a conceptosespecíficos

C - 1 Transferencia de activos financieros 1 - 4
C - 2 Partes relacionadas 1 - 2

Serie D. Criterios relativos a los estados financieros básicos

D - 1 Balance general 1 - 7
D - 2 Estado de resultados 1 - 8
D - 3 Estado de variaciones en el capital contable 1 - 5
D - 4 Estado de cambios en la situación financiera 1 - 6

Serie A. Criterios relativos al esquemageneral de la contabilidad para Entidades
A-1 ESQUEMA BASICO DEL CONJUNTO DE CRITERIOS DE CONTABILIDAD
APLICABLES A ENTIDADES
Objetivo
El presente criterio tiene por objetivo definir el esquema básico del conjunto de lineamientos contables aplicables a Entidades.
Conceptos que componen la estructura básica de la contabilidad en las Entidades 1
La contabilidad de las Entidades se ajustará ala estructura básica que, para la aplicación de las Normas de Información Financiera (NIF), definió el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera, A.C. (CINIF), en la NIF A-1 “Estructura de las normas de información financiera”. 2
En tal virtud, las Entidades considerarán en primera instancia las normas contenidas en la Serie NIF A “Marcoconceptual”, así como lo establecido en el criterio A-3 “Aplicación supletoria a los criterios de contabilidad”. 3
De tal forma, las Entidades observarán los lineamientos contables de las NIF, excepto cuando a juicio de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) sea necesario aplicar una normatividad o un criterio de contabilidad específico, tomando en consideración que las Entidades realizanoperaciones especializadas. 4
La normatividad de la CNBV a que se refiere el párrafo anterior, será sólo a nivel de normas particulares de registro, valuación, presentación y en su caso revelación, aplicables a rubros específicos dentro de los estados financieros de las Entidades, así como de las aplicables a su elaboración. 5
No procederá la aplicación de normas particulares, ni del concepto desupletoriedad, en el caso de operaciones que por legislación expresa no estén permitidas o estén prohibidas, o bien, no estén expresamente autorizadas a las Entidades. 6

A-2 APLICACION DE NORMAS PARTICULARES
Objetivo y alcance
El presente criterio tiene por objetivo precisar la aplicación de las normas particulares de las NIF, así como el establecimiento de normas particulares de aplicación generala que las Entidades deberán sujetarse. 1
Son materia del presente criterio:
a) la aplicación de algunas de las normas particulares dadas a conocer en las NIF;
b) las aclaraciones a las normas particulares contenidas en las NIF, y
c) el establecimiento de normas particulares de aplicación general.
Normas de Información Financiera 2
De conformidad con lo establecido en el criterio A-1 “Esquemabásico del conjunto de criterios de contabilidad aplicables a Entidades”, las Entidades observarán, hasta en tanto no exista pronunciamiento expreso por parte de la CNBV, las normas particulares contenidas en los boletines o NIF que a continuación se detallan, o en las NIF que los sustituyan o modifiquen:
Serie NIF B “Normas aplicables a los estados financieros en su conjunto”
Cambios...
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