Leyes

Páginas: 9 (2106 palabras) Publicado: 19 de noviembre de 2012
República Oriental del Uruguay
23/9/2002 BASE DE DATOS SELECCIONADA: DECRETOS
- DOCUMENTO COMPLETO -
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Decreto Nº 327/994 Promulgación : 13/07/1994 Publicación : 29/07/1994
Registro Nacional de Leyes y Decretos: Tomo: 1
Semestre: 2
Año: 1994
Página: 64

LACALLE HERRERA - MANUEL ANTONIO ROMAY -PABLO LANDONI

Visto: la necesidad de reglamentar algunos aspectos relativos a la constitución y actuación de los Institutos de Asistencia Técnica;
Resultando: que la Ley No. 16.237, restableciendo los Artículos 172 al 176 de la Ley No. 13.728 preceptúa la conveniencia de la actividad de estos organismos privados con el objeto de prestar asesoramiento a las cooperativas de vivienda y otrasentidades que operan en el marco de la Ley de Vivienda;
Considerando: I) que es necesario reglamentar la forma de inscripción y obtención de la personería jurídica, a fin de concretar lo dispuesto en la Ley No. 13.728 en la redacción dada por la Ley No. 16.237;
II) que también es conveniente determinar el alcance de los servicios técnicos que necesariamente deben prestar los referidos Institutos alas Cooperativas que contratan su asistencia; y el tiempo y forma en que deben abonarse los respectivos honorarios;
Atento: a lo dispuesto en las Leyes No. 13.728 de 17 de diciembre de 1968, 16.156 de 29 de octubre de 1990 y 16.237 de 2 de enero de 1992;

El Presidente de la República
DECRETA:

Artículo 1. Los Institutos deAsistencia Técnica referidos en el Artículo No. 172 y siguientes de la Ley No. 13.728, deberán constituirse bajo cualquier modalidad societaria, documentada en escritura pública o instrumento privado certificado y protocolizado. La certificación notarial acreditará los datos personales y profesionales de sus integrantes.
Artículo 2. El documento constitutivo del Instituto deberá establecer, por lo
menos:1) denominación, plazo y domicilio social;
2) su objeto exclusivo de prestar asistencia técnico-profesional, a cooperativas de vivienda, fondos sociales, sociedades civiles de vivienda, y toda otra entidad grupal que actúe en el ámbito de la construcción de conjuntos habitacionales o en el desarrollo social de dichos programas;
3) nombres y profesiones de sus integrantes;4) la participación de sus socios en la distribución de los ingresos del Instituto. La cuota parte correspondiente a cada disciplina será de decisión interna de cada Instituto;
5) los Institutos de Asistencia Técnica no podrán distribuir utilidades y si las hubieran, deberán aplicarlas a la mejor realización de su objetivo social;
Artículo 3. Los Institutos de Asistencia Técnica, deberáncontar entre sus integrantes, como mínimo con un profesional de cada disciplina de las mencionadas en el Artículo 171 de la ley No. 13.728, a saber:
1) Abogado o Escribano;
2) Asistente Social o Licenciado en Ciencias Sociales; o técnico con currículum que acredite idoneidad en cooperativismo. Respecto de este último, previo a la constitución de la Sociedad, deberá acreditar idoneidadsuficiente a juicio del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente;
3) Contador o Economista o Licenciado en Administración;
4) Arquitecto o Ingeniero.
Artículo 4. El Registro Público de Comercio procederá a inscribir los contratos sociales que se le presenten, previa calificación formal, verificando los elementos indicados anteriormente y los del tipo social queen particular adopten.
Artículo 5. Obtenida la personería jurídica con la inscripción definitiva referida en el artículo anterior, se registrarán también ante la Dirección Nacional de Vivienda, del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a los solos efectos de poder asesorar a cooperativas o entidades que reciban asistencia financiera del Fondo Nacional de Vivienda y...
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