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Páginas: 6 (1394 palabras) Publicado: 12 de marzo de 2014
Amparo vs. Procedimiento de creación de reformas constitucionales
Para dar seguimiento a lo trascendental del tema y los debates surgidos por diversos Tribunales Colegiados y  por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia en tratándose de la procedencia del amparo contra normas constitucionales y contra el procedimiento de gestación de dichas normas, les hago saber que, el pasado 29 de enero de2014 el Ciudadano Juez Octavo de Distrito en materia Administrativa, amparo indirecto 70/2014 admitió a trámite el amparo promovido por Manuel Bartlett Díaz y otros, en contra del artículo 61 fracción I de la Ley de Amparo en vigor que determina la improcedencia del juicio de garantías contra adiciones o reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos –que no contra elprocedimiento para su creación.
El auto admisorio del juez de amparo, entre sus considerandos para arribar a la admisión de la solicitud del amparo sostuvo, cito textual: “…el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha interpretado que cuando se impugna un proceso de reforma constitucional lo que en realidad se pone en tela de juicio no es la Constitución misma, sino los actos de un poderconstituido que integran el procedimiento legislativo que culmina con su reforma (véase amparo en revisión 1334/98 Pleno del TSJ); que el Pleno de la Corte al analizar y resolver el amparo en revisión 552/2008 (“Amparo de los intelectuales”), sostuvo que: “…del mero argumento sistemático no se puede concluir que el amparo no proceda contra una reforma constitucional, pues el acto reformatorio puedeperfectamente ser entendido como  un acto de autoridad y por este motivo sostuvo que no era un motivo manifiesto e indudable de improcedencia el hecho de que se señalara como acto reclamado una reforma constitucional…”
Por otra parte el juez de amparo apoyó el proveído que admite el amparo al senador Bartlett en la tesis 2ª LXXI/2002 de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacióncon el rubro:
Demanda de Amparo. De no existir causa de improcedencia notoria e indudable, o tener duda de su operancia, el Juez de Distrito debe admitirla a trámite y no desecharla de plano. El Juez de Distrito debe desechar una demanda de amparo cuando encuentre un motivo manifiesto e indudable de improcedencia, debiendo entender por “manifiesto” lo que se advierte en forma patente, notoria yabsolutamente clara y, por “indudable”, que se tiene la certeza y plena convicción de algún hecho, esto es, que no puede ponerse en duda por lo claro y evidente que es. En ese sentido, se concluye que un motivo manifiesto e indudable de improcedencia es aquel que está plenamente demostrado, toda vez que se ha advertido en forma patente y absolutamente clara de la lectura del escrito de demanda, delos escritos aclaratorios o de los documentos que se anexan a esas promociones, de manera que aun en el supuesto de admitirse la demanda de amparo y sustanciarse el procedimiento, no sería posible arribar a una convicción diversa, independientemente de los elementos que pudieran allegar las partes, esto es, para advertir la notoria e indudable improcedencia en un caso concreto, debe atenderse alescrito de demanda y a los anexos que se acompañen y así considerarla probada sin lugar a dudas, ya sea porque los hechos en que se apoya hayan sido manifestados claramente por el promovente o por virtud de que estén acreditados con elementos de juicio indubitables, de modo tal que los informes justificados que rindan las autoridades responsables, los alegatos y las pruebas que éstas y las demáspartes hagan valer en el procedimiento, no sean necesarios para configurar dicha improcedencia ni tampoco puedan desvirtuar su contenido, por lo que de no actualizarse esos requisitos, es decir, de no existir la causa de improcedencia manifiesta e indudable o tener duda de su operancia, no debe ser desechada la demanda, pues, de lo contrario, se estaría privando al quejoso de su derecho a instar el...
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