Memorias
HIPOTECA.
Garantía real constituida sobre bienes que no se entregan al acreedor y que daderecho a éste, en caso del incumplimiento de la obligación garantizada, a ser pagado con el valorde dichos bienes, en el grado de preferencia establecido por la ley.
IMPUESTO.
El impuesto es la obligación coactiva y sin contraprestación de efectuar unatransmisión
de valores económicos (casi siempreen dinero) a favor del Estado y de las entidadesautorizadas
jurídicamente para recibirlos, por un sujeto económico, con fundamento en una ley.
IMPUGNACIÓN.
Objeción, refutación, contradicción. Ataque, embate. La impugnación se refieretanto a los actos y escritos de la parte contraria, cuando pueden ser objeto de discusión ante lostribunales, como a las resoluciones judiciales que no sonfirmes, y contra las cuales cabe algúnrecurso.
INFRACCIÓN.
Acto realizado contra lo dispuesto en una norma legal o incumpliendo uncompromiso contraído.
INGRESO.
Renta, utilidad o beneficio. El concepto de ingreso, implica la idea de una cifra neta quese obtiene como resultado de restar de los productos, o de los productos de operación, el costo dela mercancía vendida, otros gastos y pérdidas, oparte de ellos.El término ingreso y sus sinónimos van generalmente seguidos de una expresión que los definecomo bruto; de operación; neto, etc.
INSTANCIA.
Cada una de las etapas o grados jurisdiccionales del proceso destinado al examen dela cuestión debatida y a su decisión. Acto de impulso procesal.
LIBERACIÓN DE GRAVÁMENES.
Acto en virtud del cual un individuo queda libre de ungravamen;generalmente es a través de un certificado donde se asienta tal liberación.
MARBETE.
Etiqueta o cédula que se coloca en diversos productos, para constancia de la marca delproductor o fabricante de su contenido, calidad, precio, uso y otras indicaciones útiles, y garantíade legitimidad.
MOTIVACIÓN.
Fundamento o explicación de lo hecho o resuelto.
MULTA.
Pena pecuniaria que se impone por una faltadelictiva, administrativa o de policía o porincumplimiento contractual.
NOTIFICACIÓN.
Es el medio legal por el cual se da a conocer a las partes o a un tercero elcontenido de una resolución judicial.
OBLIGACIÓN.
La relación jurídica establecida entre dos personas, por la cual una de ellas (llamadadeudor), queda sujeta para otra (llamada acreedor), a una prestación o a una abstencióndecarácter patrimonial, que el acreedor puede exigir del deudor.
OBLIGACIÓN SOLIDARIA.
Se caracteriza por la circunstancia de que dos o más acreedores tengan,cada uno de por sí, el derecho de exigir el cumplimiento total de la obligación (solidaridad activa).En caso de dos o más deudores, todos y cada uno de ellos quedan obligados a cumpliríntegramente la obligación (solidaridad pasiva).
OMISIÓN.Abstención de hacer, inactividad, quietud, dejación de decir o declarar, silencio,reserva, ocultación de lo que se sabe, negativa a declarar, olvido de deberes, mandatos u órdenes;falta a las obligaciones.
PENA.
Contenido de la sentencia de condena impuesta al responsable de una infracción penal porel órgano jurisdiccional competente, que puede afectar a su libertad, a su patrimonio o alejerciciode sus derechos; en el primer caso privándole de ella, en el segundo, infringiéndole una merma ensus bienes, y en el tercero, restringiéndolos o suspendiéndolos.
PÉRDIDA.
Excedente de todos los gastos, sobre los productos de un ejercicio.
PERSONA FÍSICA.
Llamada también natural, es el ser humano, hombre o mujer. El derechomoderno no admite posibilidad de la existencia de una persona quecarezca de la capacidad jurídica en abstracto.
PERSONA MORAL.
Entidad formada para la realización de los fines colectivos y permanentes delos hombres, a la que el derecho objetivo reconoce capacidad para tener derechos y obligaciones.
PLAZO.
Espacio de tiempo que generalmente se fija para la ejecución de actos procesalesunilaterales, es decir, para las actividades de las partes fuera de las...
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