metodo ultimo recurso
Uso de antecedentes, puede utilizarse valores en aduana determinados por el método 1,sin restricción alguna.
Flexibilidad, se refiere a la nueva aplicación de los artículos 1 al 6, pasando por alto algunos requisitos que impidieron aplicar alguno de ellos en su orden, pudiendoutilizar periodos superiores a 180 días, pero no mayores a 365 días cuando se trate de establecer el momento aproximado, para la aplicación de los art. 2, 3 y 5 del Acuerdo.
Otros criterios razonables, serefiere a casos especiales de valoración, en base a criterios sencillos y equitativos, conforme a los usos comerciales que tengan las mercancías, conformando así los casos especiales.
Leermás: http://www.monografias.com/trabajos96/la-valoracion-aduanera/la-valoracion-aduanera.shtml#metododela#ixzz3FTWVaSPrMétodo 6 — Método de última instancia volver al principioDefinición
Determinación delvalor en aduana sobre la base de “criterios razonables, compatibles con los principios y las disposiciones generales de este Acuerdo y el artículo VII del GATT de 1994, sobre la base de los datosdisponibles” Cuando el valor en aduana no pueda determinarse por ninguno de los métodos citados anteriormente, podrá determinarse según criterios razonables, compatibles con los principios y lasdisposiciones generales del Acuerdo y del artículo VII del GATT de 1994, sobre la base de los datos disponibles en el país de importación. En la mayor medida posible, este método deberá basarse en los valores ymétodos determinados anteriormente, con una flexibilidad razonable en su aplicación.
Criterios de valoración que no han de aplicarse
Con arreglo al método de última instancia, el valor en...
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