monografia
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 002-2007-EF-77.15
CONSIDERANDO:
Que, es necesario establecer las disposiciones y procedimientos de carácter general y permanente relacionados con la ejecución financiera y demás operaciones de tesorería así como las condiciones y plazos para el cierre de cada Año Fiscal, a ser aplicados por las UnidadesEjecutoras de los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales y por los pliegos presupuestarios de los Gobiernos Locales; De conformidad con lo establecido en el inciso j) del Artículo 6 de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, el artículo 18 del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, modificada por elDecreto Legislativo Nº 325 y estando a lo propuesto por la Dirección de Normatividad;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprueba la directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15, la misma que con sus anexos forman parte de la presente Resolución Directoral.
Regístrese y comuníquese.
TEODORO ABANTO TAFUR
Director General
Dirección Nacional del Tesoro Público
DIRECTIVA DE TESORERÍANº 001-2007-EF/77.15
1. OBJETO
Establecer las disposiciones y procedimientos generales relacionados con la ejecución financiera y demás operaciones de tesorería, además de las condiciones y plazos para el cierre de cada Año Fiscal, a ser aplicados por las Unidades Ejecutoras de los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales; así como por los Gobiernos Locales;en este último caso incluye disposiciones específicas que, adicionalmente, deben ser cumplidas por dicho nivel de gobierno.
2. BASE LEGAL
- Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, y modificatorias.
- Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, y modificatorias
- Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, ymodificatorias.
- Ley Anual de Presupuesto del Sector Público.
- Artículo 10, párrafo 10.3 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización.
- Artículo 33 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
- Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
- Decreto Supremo Nº 195-2001-EF.
- Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado y modificatorias.
- Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y modificatorias.
3. ALCANCE
Están comprendidas en la presente Directiva las Unidades Ejecutoras correspondientes a los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, en adelante Unidades Ejecutoras; así como lasMunicipalidades Provinciales y Distritales, en adelante las Municipalidades.
4. VIGENCIA
La presente Directiva tiene carácter permanente.
TÍTULO I
DISPOSICIONES Y PROCEDIMIENTOS GENERALES
CAPÍTULO I
DE LA EJECUCIÓN FINANCIERA Y OPERACIONES DE TESORERÍA
SUBCAPÍTULO I
EJECUCIÓN FINANCIERA DE INGRESOS DISTINTOS DE RECURSOS ORDINARIOS
Artículo 1.- Determinación de los ingresos públicos1.1 La determinación se realiza sobre la base de la norma legal que autoriza la percepción o recaudación de los fondos, debiendo establecerse el monto, el concepto, e identificar al deudor, con indicación de la fecha en que deberá hacerse efectiva la cobranza correspondiente y, de ser el caso, la periodicidad de la cobranza, intereses aplicables y tratamiento presupuestal de la percepción orecaudación.
1.2 La información de esta etapa de la ejecución de los ingresos se registra en el SIAF- SP sobre la base de la documentación sustentatoria respectiva.
Artículo 2.- Percepción de los ingresos públicos
2.1 La percepción es la etapa de la ejecución financiera de los ingresos en la que se recauda, capta u obtiene efectivamente los ingresos sobre la base de la emisión o, de...
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