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Texto original del Decreto 1400 de 1970, Código de Procedimiento Civil:
ARTÍCULO 206. TRASLADO DE LA PARTE A LA SEDE DEL JUZGADO. Cuando laparte citada resida en lugar distinto a la sede del juzgado, podrá la contraria, solicitar que se le ordene comparecer a éste, y así se dispondrá siempre que consigne el valor que el juez señale para gastos de transporte y permanencia. Contra tal decisión no habrá recurso alguno.
La solicitud se hará al pedir la prueba o dentro de la ejecutoria de la providencia que la decrete de oficio.
ARTÍCULO207. REQUISITOS DEL INTERROGATORIO DE PARTE. Artículo modificado por el artículo 20 de la Ley 794 de 2003. El nuevo texto es el siguiente: El interrogatorio será oral, si la parte que lo solicita concurre a la audiencia; en caso contrario, el peticionario deberá formularlo por escrito en pliego abierto o cerrado, que podrá acompañar al memorial en que pida la prueba o presentarlo antes de la fechaseñalada para interrogatorio. Si el pliego está cerrado, el juez lo abrirá al iniciarse la diligencia.
Previamente a la práctica del interrogatorio el juez calificará las preguntas formuladas en el pliego, de conformidad con los requisitos que señala el artículo 195 de este código, dejando constancia de ello en el acta.
De la misma forma, cuando ésta deba practicarse por comisionado, elcomitente lo abrirá, calificará las preguntas y volverá a cerrarlo antes de su remisión.
La parte que solicita la prueba podrá, antes de iniciarse el interrogatorio, sustituir el pliego que haya presentado por preguntas verbales, total o parcialmente.
El interrogatorio no podrá exceder de veinte preguntas; sin embargo, el juez podrá adicionarlo con las que estime convenientes para aclarar la exposicióndel interrogado o verificar otros hechos que interesen al proceso; así mismo, el juez excluirá las preguntas que no se relacionen con ta materia del litigio, las que no sean claras y precisas, las que hayan sido contestadas en la misma diligencia o en interrogatorio anterior cuya copia obre en el expediente, las manifiestamente superfluas y las que no cumplan con los requisitos del artículo 195de este código. Estas decisiones no tendrán recurso alguno.
Las preguntas relativas a hechos que impliquen responsabilidad penal, se formularán por el juez sin juramento, con la prevención al interrogado de que no está en el deber de responderlas.
Cada pregunta deberá referirse a un solo hecho; si contiene varios, el juez la dividirá de modo que la respuesta se dé por separado en relación concada uno de ellos y la división se tendrá en cuenta para los efectos del límite señalado en el inciso tercero. Las preguntas podrán ser o no asertiva.
ARTÍCULO 208. PRACTICA DEL INTERROGATORIO. Artículo modificado por el artículo 21 de la Ley 794 de 2003. El nuevo texto es el siguiente: A la audiencia podrán concurrir los apoderados; en ella no se admitirán alegaciones ni debates.
El juez, deoficio o a petición de una de las partes, podrá interrogar a las demás que se encuentren presentes, si lo considera conveniente.
Antes de iniciarse el interrogatorio, se recibirá al interrogado juramento de no faltar a la verdad.
Si el interrogado manifestare que no entiende la pregunta, el juez le dará las explicaciones a que hubiere lugar.
La parte podrá presentar documentos relacionados con...
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