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ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO DEL TRABAJO
PROGRAMA DEL CURSO: DERECHO PROCESAL DEL TRABAJO (Obligatoria)
PROFESOR:Abg. Pedro Casale Valvano.
PRESENTACIÓN:
El estudio del derecho procesal del trabajo comprende, entre otros, el
análisis concerniente a la justificación o la razón de ser de este proceso; el porqué
de una jurisdicción o proceso laboral conactuaciones procedimentales distintas o
de forma especiales, en todo caso, el porqué de un procedimiento judicial distinto
al civil. Este asunto ha sido y sigue siendo centro de reflexiones y disertaciones en
la doctrina, algunas veces cometiendo burdas tautología, otras aportando valiosas
opiniones y ejemplos que delatan la fundamentación teleológica del proceso
laboral.
Desde nuestra primeraley procesal del trabajo, a saber, la Ley Orgánica de
Tribunales y de Procedimiento del Trabajo de 1940 (derogada por la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo del año 2002) se concibe a la jurisdicción del trabajo como
una jurisdicción autónoma desligada del procesal civil. Esa ley procesal representó
el inicio en la práctica forense venezolana de la separación de las funciones de los
tribunalesdel trabajo del resto de los órganos de la jurisdicción ordinaria, se
crearon en el país los tribunal es del trabajo con competencia específica; con esa
ley se concibe la existencia de un juez laboral dotado de facultades para aplicar un
derecho diferente, mediante la articulación de un mecanismo también distinto: un
procedimiento especial, singular o particular, representado por unosprincipios
procesales
autóctonos,
que
en
ocasiones
complementan
los
principios
fundamentales del derecho del trabajo, como la mal llamada inversión de la carga
probatoria, el principio in dubio pro operario, posibilidad de fal lar ultrapetita, entre
otros que revisaremos en el desarrollo del curso.
Sin embargo, repetimos, no todas las opiniones o legislaciones coinciden enatribuirle independencia a la jurisdicción del trabajo frente a la jurisdicción civil,
tema que será objeto de revisión en el curso de derecho procesal del trabajo,
supeditándolo por supuesto al contenido del artículo 11 de la LOPTRA.
Se
insiste en que el sistema procesal del trabajo o la jurisdicción del
trabajo es una garantía de los derechos establecidos en la constitución y en lasleyes formales y materiales, que viene a asegurar o complementar la efectividad
de las situaciones allí previstas. Si en la constitución no se establece un sistema
específico que garantice, y que complemente los derechos del traba jador,
específicos e inespecíficos, sería inútil proclamar derechos formales para el
trabajador porque no
serían
tutelados.
No fue
otra
la
intenciónde los
constituyentistas de 1999 al ordenar a la asamblea nacional promulgar una ley
procesal del trabajo orientada por los principios procesales de la oralidad,
inmediación, concentración, abreviación de lapsos, publicidad, entre otros.
Vamos a destacar cómo las actuaciones procesalesdel juicio laboral esta
regulado por unos principios universales que mantienen su intangibilidad yconsistencia con el transcurrir de los tiempos, que hacen al sistema procesal
especial del trabajo particularmente distinto de cualquier otro, ciertamente para
garantizar la tutela judicial efectiva de los derechos constitucionales la borales.
Una vez develada la autonomía del proceso del trabajo para garantizar la
tutela
judicial
efectiva
indefectiblemente
nos
de
lostrasladaremos
derechos
al
análisis
constitucionales
de
la
laborales,
especialidad
del
procedimiento judicial del trabajo, orientada por particulares rasgos distintos del
procedimiento judicial común que lo convierte en un proceso judicial paradójico, a
saber:
Forma oral de los actos procesales
La inmediación procesal
Distribución de la carga probatoria...
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