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En este sentido, se advierte que la abstracción y la generalidad casi coinciden, aun cuando, según algunos autores, la abstracción se refiere a que la norma no procede decidiendo casos concretos, y la generalidad a que lanorma no procede decidiendo casos personales. Del Vecchio, por su parte, concibe la generalidad tanto como abstracción del caso concreto como abstracción de la persona individual, englobando en la generalidad, pues, también la abstracción.
Cabe también observar que la norma jurídica no procede siempre a regular abstractamente. Antes bien, con una gran frecuencia regula los casos concretos en vezde casos generales, y tal sucede con todas las normas jurídicas individualizadas: con el contrato, con la sentencia y con la decisión administrativa. En oposición a lo que podría llamarse normas abstractas, éstas podrían llevar el nombre de normas concretas, en vista, pues, de que se refieren a casos concretos en particular.
Finalmente se debe señalar que la abstracción, en vista de que hay normasque no son abstractas, no constituye un carácter constante de la norma jurídica.
5.- La Legitimidad. Consiste en que la norma, para ser obligatoria, debe cumplir con determinados requisitos establecidos en el propio ordenamiento jurídico al cual esta pertenece. Una norma no se hace obligatoria si en su nacimiento no ha cumplido con todos los requisitos que la sociedad estipula como necesarios alos fines de que engendre deberes y derechos. De esta manera, si se encuentra una ley de alquileres que no ha cumplido las formalidades previstas en las leyes que a su vez, tienen por objeto regular el nacimiento de las normas en el sistema jurídico venezolano, la tal ley de alquileres no llega a constituirse en norma jurídica y por ende no se hace obligatoria.
La legitimidad, sin embargo, nodebe tampoco ser considerada como un carácter de la norma jurídica, sino antes bien como un antecedente de la juridicidad de la norma. La norma no llega a ser jurídica sin ser legítima, porque sólo si su nacimiento se ha verificado conforme al procedimiento establecido en la legislación respectiva llega a hacerse regla jurídica. Se puede concebir a la legitimidad como un requisito de la juridicidad.La norma, al ser jurídica, ya se entiende que debe haber sido legítima. La norma moral tiene también que ser legítima, sólo que su legitimidad, la razón de la vigencia, estriba no en un procedimiento que ha debido seguir para nacer, sino en lo valioso de la conducta que impone.
No quiere decir esto que la norma jurídica no tenga que ser legítima: antes bien, para ser jurídica tiene que serlegítima. Quiere decir más bien que la juridicidad es un antecedente de la norma, el cumplimiento de todos los pasos necesarios para que la regla de conducta llegue a ser norma jurídica. No por ser jurídica la norma va a ser legítima, sino, por el contrario, en vista de que es legítima es jurídica. No se puede decir lo mismo con referencia a la coercibilidad ni a la bilateralidad, las cuales dependen...
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