Objetivo del igv
Se consideran parte de la Región Selva los departamentos de Loreto, Ucayali, San Martín, Amazonas y Madre de Dios.
Para el goce de los beneficios, lossujetos del Impuesto deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Tener su domicilio fiscal y la administración de la empresa en la Región;
b) Llevar su contabilidad en la misma; y,
c) Realizarno menos del 75% de sus operaciones en la Región.
Están exoneradas del Impuesto General a las Ventas:
a) La importación de bienes que se destinen al consumo de la Región y la importación de losinsumos que se utilicen en la Región para la fabricación de dichos bienes, dicha importación deberá realizarse por transporte terrestre, fluvial o aéreo de la Región a través de las aduanas habilitadaspara el tráfico internacional de mercancías en la Región.
b) La venta en la Región, para su consumo en la misma, de los bienes a que se refiere el inciso anterior, así como de los insumos que seutilicen en ella para la fabricación de dichos bienes;
c) La venta en la Región para su consumo en la misma, de los bienes que se produzcan en ella, de los insumos que se utilizan para fabricar dichosbienes y de los productos naturales, propios de la Región, cualquiera que sea su estado de transformación; y,
d) Los servicios que se presten en la Región.
II. A partir del 1 de Agosto del presenteaño, mediante Ley Nº 28033 la tasa del Impuesto General a las Ventas se elevará en 1%, todos los contribuyentes que realicen operaciones de venta de bienes muebles y las operaciones o prestación deservicios, y todos los que realicen operaciones gravadas por el IGV, deberán consignar y aplicar la tasa de 19% sobre su valor de venta en sus comprobantes de pago. Esta tasa de 19% incluirá al 2% delImpuesto de Promoción Municipal.
Muchos analistas jurídicos y económicos han concluido que este aumento ha sido apresurado y sin sustento técnico, y que existen estudios que demuestran que por cada...
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