Obligaciones
obligaciones
El incumplimiento de la obligación
tendrá lugar tanto en caso de falta
absoluta
de
ejecución
de
la
prestación (caso de que el deudor
no lleve a cabo la ejecución de la
prestación), cuanto en caso de
inexacta ejecución de la misma (que
no se adecue a lo pactado o
legalmente establecido).
Los supuestos de incumplimiento
pueden ser:
retraso en la entrega (en la obligación de
dar) o en la ejecución (en la obligación de
hacer).
incumplimiento en un lugar diferente al
pactado .
entrega o ejecución de carácter
defectuoso.
clasificación del incumplimiento :
1.Incumplimiento propio o absoluto: supuestos de falta de
cumplimiento caracterizados por la imposibilidad futura de
ejecutar la prestación.
2.Incumplimiento impropio o relativo: categoría que
acogería a todos los casos de cumplimiento defectuoso,
extemporáneo o parcial que, no obstante, permiten un
posterior cumplimiento exacto y absolutamente acorde con
el título constitutivo de la obligación.
Art. 1.101 C.c. dice que “Quedan sujetos a
la indemnización de los daños y perjuicios
causados los que en el cumplimiento de
sus obligacionesincurrieren en dolo,
negligencia o morosidad, y los que de
cualquier modo contravinieren al tenor de
aquélla” .
LA RESPONSABILIDAD DEL DEUDOR:
PLANTEAMIENTO
Cualquier contravención de la obligación
puede ser considerada incumplimiento, la
pregunta es en qué casos esta es imputable
al deudor y por tanto debe responder por
ello y en qué casos no???
Respuestas
1.El deudor no esconsiderado responsable de la falta de cumplimiento
por haberse producido ésta a causa de circunstancias insuperables
para el deudor: caso fortuito o fuerza mayor.
El Art. 1.105 C.c. indica que “fuera de los casos expresamente
mencionados en la ley, y de los en que así lo declare la obligación, nadie
responderá de aquellos sucesos que no hubieran podido preverse o que,
previstos, fueraninevitables” .
2. En los demás casos, el deudor será responsable de la falta de
cumplimiento, y en particular,
3.
cuando haya incurrido en dolo, culpa o mora. Art. 1.101 C.C.
EL CASO FORTUITO Y LA FUERZA MAYOR
COMO CAUSAS DE EXONERACIÓN PARA EL
DEUDOR
Conforme estipula la parte final del art. 1.105,
“nadie responderá de aquellos sucesos que no
hubieran podido preverse o que,previstos, fueran
inevitables”. El C.c. exonera de responsabilidad al
deudor en aquellos casos en que la falta de
cumplimiento se deba a la existencia de un caso
fortuito o de un supuesto de fuerza mayor.
Que es un caso fortuito??
Por caso fortuito entendemos la situación no
prevista, aleatoria y en la que no existió voluntad
de alguien en su creación
ejemplo un accidente
Que esfuerza mayor?
La fuerza mayor o causa mayor, también conocido
como mano de Dios es un hecho que no se puede
evitar y tampoco se puede prever.
Otras causas de responsabilidad del deudor
pese a la existencia de caso fortuito o causa
mayor:
•No están contempladas en el art. 1.105, y son:
Cuando la existencia del caso fortuito o de causa
mayor se combina con una conducta descuidada,culposa o morosa del deudor, la ley continua
considerándolo responsable del cumplimiento.
La existencia del caso fortuito o de causa mayor es
intrascendente para las obligaciones genéricas
(pues rige la regla de que el género nunca perece);
en éstas el deudor sólo queda exonerado por la
existencia de caso fortuito o fuerza mayor
LA RESPONSABILIDAD DEL
DEUDOR POR INCUMPLIMIENTO A
ÉLIMPUTABLE
artículo 1.101 del C.c., el deudor puede
incumplir por:
1.Incurrir en dolo, negligencia o morosidad
o
2.Contravenir de cualquier modo el tenor
de la obligación.
LA CULPA O NEGLIGENCIA
El art. 1.104 define la culpa o negligencia
como la “omisión de aquella diligencia que
exija la naturaleza de la obligación y
corresponda a las circunstancias de las
personas,...
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