Pagos referenciados al SAT
(PAGO REFERENCIADO)
Preguntas y respuestas
Personas físicas
ÍNDICE
PREGUNTAS
Generalidades
Periodo de transición
En línea y fuera de línea
Complementarias
Reimpresión de acuse y consulta de la declaración
Pago ante institución bancaria
Devoluciones y compensaciones
Cuestiones informáticas
Servicio de Administración Tributaria │ Av. Hidalgo,núm. 77, col. Guerrero, delegación Cuauhtémoc, México, D. F.,
c. p. 06300 │ Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728 │ documento disponible en www.sat.gob.mx
(1-19)
(20–21)
(22-28)
(29-39)
(40-41)
(42-48)
(49-57)
(58-65)
PREGUNTA
RESPUESTA
FUNDAMENTO
Generalidades
1.
¿Qué
es
el
servicio
Declaraciones y Pagos?
de Es un servicio para presentar pagos provisionales o definitivosdel ISR, IETU, IVA o IEPS, incluyendo retenciones, a través de
medios y formatos electrónicos, incluyendo complementarias,
extemporáneas y de corrección fiscal, por medio del portal de
internet del SAT.
Artículos
20,
séptimo
párrafo; 31, primer párrafo
del CFF, 53 del RCFF y
regla II.2.8.5.1. de la RMF
2013 publicada en el DOF
el 28 de diciembre de
2012.
2. ¿Qué personas físicasestán Están obligados a utilizar el servicio de Declaraciones y Pagos Artículos
20,
séptimo
obligadas a utilizar el servicio de los contribuyentes que se den a conocer conforme al párrafo; 31, primer párrafo
Declaraciones y Pagos?
calendario que se publique en el portal de internet del SAT.
del CFF, 53 del RCFF y
regla II.2.8.5.1. de la RMF
Personas físicas
2013 publicada en el DOF
el 28de diciembre de
Aviso importante
2012.
A partir de noviembre, las personas físicas que en el último ejercicio
fiscal declarado manifestaron ingresos totales superiores a 250,000
pesos, deben utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos para
presentar los pagos provisionales y definitivos correspondientes a
octubre de 2012 y subsecuentes.
Desde septiembre, las personas físicas que en elúltimo ejercicio fiscal
declarado hayan manifestado ingresos totales o superiores a un millón
de pesos, deben utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos para
presentar los pagos provisionales y definitivos correspondientes a
agosto 2012 y subsecuentes.
Opcionalmente, todas las personas físicas que no se encuentren
Servicio de Administración Tributaria │ Av. Hidalgo, núm. 77, col.Guerrero, delegación Cuauhtémoc, México, D. F., c. p. 06300
Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728 │ documento disponible en www.sat.gob.mx
PREGUNTA
RESPUESTA
FUNDAMENTO
obligadas, pueden optar por presentar sus declaraciones con este
servicio. Se entenderá que se ejerce la opción señalada a partir del
primer pago que se efectúe a través del Servicio de Declaraciones y
Pagos. Quienes ejerzan laopción indicada no podrán variarla durante
el ejercicio fiscal.
Se le invita a verificar con su Clave de Identificación Electrónica
Confidencial (CIEC) su acceso al servicio en Mi portal: Pago
referenciado. Si aún no cuenta con su CIEC obténgala lo más pronto
posible.
(
1.66 mB) Bitácora de información necesaria para elaborar las
declaraciones mensuales y la Declaración Anual.
Verpreguntas y respuestas, videos, guías, tips y más
3. ¿Cómo puedo ingresar al servicio?
A través del portal de internet del SAT (www.sat.gob.mx) / Mi Artículos
20,
séptimo
portal / Pago referenciado / deberá proporcionar su RFC y párrafo; 31, primer párrafo
Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC):
del CFF, 53 del RCFF y
regla II.2.8.5.1. de la RMF
2013 publicada en el DOF
el28 de diciembre de
2012.
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Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728 │ documento disponible en www.sat.gob.mx
PREGUNTA
4.
¿Se
pueden
RESPUESTA
presentar Sí,
se
pueden
presentar
declaraciones
FUNDAMENTO
normales Artículos
Servicio de...
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