Persona Humana
Martes, 11 de diciembre de 2012
CONGRESO DE LA REPUBLICA
Ley que declara de necesidad pública la elaboración y ejecución del Proyecto Túnel Trasandino del Centro
LEY Nº 29959
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA LA ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PROYECTO TÚNEL
TRASANDINO DEL CENTRO
Artículo 1.- Objeto de la Ley
Declárase de necesidad pública la elaboración y ejecución del proyecto Túnel Trasandino del Centro, para
impulsar la competitividad y promover la integración y el desarrollo económico, social y cultural de los departamentos
de Lima, Junín, Pasco, Huánuco,Ucayali, Huancavelica, Ayacucho y Apurímac.
Artículo 2.- Normas complementarias
Autorízase al Poder Ejecutivo y a los gobiernos regionales correspondientes a dictar las normas
complementarias, con sujeción a las leyes presupuestales vigentes y en el marco de sus competencias.
Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.
En Lima, a los veinte díasdel mes de noviembre de dos mil doce.
VÍCTOR ISLA ROJAS
Presidente del Congreso de la República
MARCO TULIO FALCONÍ PICARDO
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de diciembre del año dos mil doce.
OLLANTA HUMALATASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
DECRETOS LEGISLATIVOS
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Sistema Peruano de Información Jurídica
Decreto Legislativo de Fortalecimiento y Modernización del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA y de la
Dirección Nacional de Inteligencia - DINI
DECRETO LEGISLATIVO Nº 1141
EL PRESIDENTE DE LAREPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República, mediante la Ley 29915, ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de
legislar, entre otras materias, respecto de la reforma del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional con el objeto de
fortalecer su constitución y funcionamiento, conforme a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 2 de la citada Ley;
En este sentido, resulta necesariolegislar en materia relacionada con el fortalecimiento y modernización del
Sistema de Inteligencia Nacional - SINA y su ente rector, la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI, contribuyendo a
su mejor funcionamiento e institucionalización, orientándolos hacia los altos fines de la Seguridad y Defensa
Nacional.
De conformidad con lo establecido en el artículo 104 de la Constitución Políticadel Perú;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;
Ha dado el Decreto Legislativo siguiente:
DECRETO LEGISLATIVO DE FORTALECIMIENTO Y MODERNIZACIÓN DEL SISTEMA DE INTELIGENCIA
NACIONAL - SINA Y DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE INTELIGENCIA - DINI
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
OBJETO, DEFINICIONES YPRINCIPIOS DE LA ACTIVIDAD DE INTELIGENCIA
Artículo 1.- Objeto
El presente Decreto Legislativo establece el marco jurídico que regula la finalidad, principios, organización,
atribuciones, funciones, coordinación, control y fiscalización, que deben observar los componentes del Sistema de
Inteligencia Nacional - SINA y los que señale esta norma.
Artículo 2.- Definiciones
Para los fines delpresente Decreto Legislativo y de las actividades reguladas por el mismo, se entenderá por:
1) Inteligencia: Actividad que comprende un proceso sistemático de búsqueda, evaluación y análisis de
información, cuya finalidad es producir conocimiento útil para la toma de decisiones.
2) Contrainteligencia: Parte de la actividad de inteligencia que protege las capacidades propias y evita
acciones...
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