Posesión y Portacion de armas
CAPITULO I
Disposiciones preliminares
Artículo 7o.- La posesión de toda arma de fuego deberá manifestar se a la Secretaría de la Defensa Nacional, para el efecto de suinscripción en el Registro Federal de Armas.
Artículo 8o.- No se permitirá la posesión ni portación de las armas prohibidas por la Ley ni de las reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada yFuerza Aérea, salvo los casos de excepción señalados en esta Ley.
Artículo 9o.- Pueden poseerse o portarse, en los términos y con las limitaciones establecidas por esta Ley, armas de lascaracterísticas siguientes:
I.- Pistolas de funcionamiento semi-automático de calibre no superior al .380 (9mm.), quedando exceptuadas las pistolas calibres .38 Súper y .38 Comando, y también en calibres 9mm. las Mausser, Luger, Parabellum y Comando, así como los modelos similares del mismo calibre de las exceptuadas, de otras marcas.
II.- Revólveres en calibres no superiores al .38 Especial,quedando exceptuado el calibre .357 Magnum. Los ejidatarios, comuneros y jornaleros del campo, fuera de las zonas urbanas, podrán poseer y portar con la sola manifestación, un arma de las ya mencionadas, oun rifle de calibre .22, o una escopeta de cualquier calibre, excepto de las de cañón de longitud inferior a 635 mm. (25), y las de calibre superior al 12 (.729 ó 18. 5 mm.).
III.- Las que mencionael artículo 10 de esta Ley.
IV.- Las que integren colecciones de armas, en los términos de los artículos 21 y 22.
Artículo 10.- Las armas que podrán autorizarse a los deportistas de tiro ocacería, para poseer en su domicilio y portar con licencia, son las siguientes
:
I.- Pistolas, revólveres y rifles calibre .22, de fuego circular.
II.- Pistolas de calibre .38 con fines de tiroolímpico o de competencia.
III.- Escopetas en todos sus calibres y modelos, excepto las de cañón de longitud inferior a 635 mm. (25), y las de calibre superior al 12 (.729 ó 18. 5 mm.).
IV.-...
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