Precedentes vinculantes
ÁNCASH
WENCESLAO LORENZO
SIGUEÑAS REYES
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
En Lima, a los 26 días del mes de enero de 2005, la Sala Segunda del TribunalConstitucional, con la asistencia de los magistrados Bardelli Lartirigoyen, Gonzales Ojeda y Vergara Gotelli, pronuncia la siguiente sentencia
ASUNTO
Recurso extraordinario interpuesto por donWenceslao Lorenzo Sigueñas Reyes contra la sentencia de la Segunda Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de Áncash, de fojas 84, su fecha 25 de mayo de 2004, que declaró improcedente la acción decumplimiento de autos.
ANTECEDENTES
Con fecha 12 de setiembre de 2003, el recurrente interpone acción de cumplimiento contra la Dirección Regional de Educación de Áncash, solicitando elcumplimiento de la Resolución Directoral Regional N.° 01357, de fecha 21 de abril de 2003, que dispone abonar a favor del demandante las suma de S/. 2,879.72 por subsidios de luto y gastos de sepelio.
ElDirector Regional de Educación de Áncash contesta la demanda alegando que si a la fecha no se ha hecho efectivo el pago reclamado por la actora, ello se debe a que la dirección a su cargo no maneja unpresupuesto ni es el titular del pliego, como lo es el Gobierno Regional de Áncash.
El Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Educación deduce la excepción defalta de agotamiento de la vía administrativa, y contesta la demanda señalando que la Dirección Regional de Educación de Áncash aún no ha podido dar cumplimiento a la obligación contenida en la resoluciónmateria de la demanda, debido a que el pago de dichos beneficios no se encuentra presupuestado, por lo que se debe esperar la aprobación del Ministerio de Economía Finanzas para efectuarlos.
ElSegundo Juzgado Mixto de Huaraz, con fecha 30 de octubre de 2003, declaró fundada, la demanda, por considerar que la resolución materia de cumplimiento ha quedado firme, por lo que debe ser ejecutada...
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