Precedentes vinculantes
Artículo VII.- Precedente Las sentencias del Tribunal Constitucional que adquieren la autoridad de cosa juzgada constituyen precedente vinculante cuando así lo exprese la sentencia, precisando el extremo de su efecto normativo. Cuando el Tribunal Constitucional resuelva apartándose del precedente, debe expresar los fundamentos de hecho y de derecho quesustentan la sentencia y las razones por las cuales se aparta del precedente”. 2 Artículo Vl.- Control Difuso e Interpretación Constitucional Cuando exista incompatibilidad entre una norma constitucional y otra de inferior jerarquía, el Juez debe preferir la primera, siempre que ello sea relevante para resolver la controversia y no sea posible obtener una interpretación conforme a la Constitución.Los Jueces no pueden dejar de aplicar una norma cuya constitucionalidad haya sido confirmada en un proceso de inconstitucionalidad o en un proceso de acción popular. Los Jueces interpretan y aplican las leyes o toda norma con rango de ley y los reglamentos según los preceptos y principios constitucionales, conforme a la interpretación de los mismos que resulte de las resoluciones dictadas porel Tribunal Constitucional. 3 Artículo 82.- Cosa juzgada Las sentencias del Tribunal Constitucional en los procesos de inconstitucionalidad y las recaídas en los procesos de acción popular que queden firmes tienen autoridad de cosa juzgada, por lo que vinculan a todos los poderes públicos y producen efectos generales desde el día siguiente a la fecha de su publicación. Tiene la mismaautoridad el auto que declara la prescripción de la pretensión en el caso previsto en el inciso 1) del artículo 104. La declaratoria de inconstitucionalidad o ilegalidad de una norma impugnada por vicios formales no obsta para que ésta sea demandada ulteriormente por razones de fondo, siempre que se interponga dentro del plazo señalado en el presente Código. 4 Sentencia de fecha 10 de octubre de2005, recaída en el Expediente Nº 0024-2003-AI/TC, en los seguidos por la Municipalidad Distrital de Lurín En http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2005/00024-2003-AI.html. 5 Sentencia de fecha 19 de abril de 2007, recaída en el Expediente N° 4853-2004-PA/TC, en los seguidos por la Dirección Regional de Pesquería de La Libertad. En http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2007/04853-2004-AA.html.
1Nº 1
FECHA DE PUBLICACION 02-02-05
CASO
TEMA
EXPEDIENTE
ENLACE
Sánchez Calderón
Plazo razonable de la prisión preventiva
03771-2004-PHC
http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2005/03771-2004-HC.html
2
03-05-05
Banco de la Nación
Procesos constitucionales entre entidades de derecho público. Derecho de defensa Arbitrios municipales
01150-2004-PA...
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