Procedimiento de acusacion constitucional / peru
Articulo 99° de la Constitución Política del Perú
Dentro de nuestro marco constitucional el Articulo 99° de la carta magna, hace referencia a laexistencia del procedimiento de acusación constitucional, por el cual se puede juzgar a los más altos funcionarios del Estado por las infracciones en contra de la Constitución Política del Perú en los que seencuentren inmersos y/o por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones.
En ese sentido, el Articulo 99° de nuestra Ley de Leyes, prescribe que: ¨ Corresponde a la Comisión Permanenteacusar ante el Congreso: al Presidente de la República; a los representantes a Congreso; a los Ministros de Estado; a los miembros del Tribunal Constitucional; a los miembros del Consejo Nacional dela Magistratura; a los vocales de la Corte Suprema; a los fiscales supremos; al Defensor del Pueblo y al Contralor General por infracción de la Constitución y por todo delito que cometan en elejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado en éstas ¨.
En ese sentido, podemos ver que en el reglamento del congreso encontramos en su Artículo 89° el procedimiento al qhace mención el articulo mencionado anteriormente, en cual explica paso a paso, las fases del procedimiento y especificaciones mediante las cuales una comisión especial del congreso de la republicajuzgara a los miembros del Tribunal Constitucional, miembros del Consejo Nacional de la Magistratura, vocales supremos y demás funcionarios de Estado.
La Acusación Constitucional tiene la naturalezade un antejuicio político que consiste en atribuir responsabilidad política a aquellos altos funcionarios del Estado que cometen infracción o delito de función. Mediante este procedimiento losCongresistas, el Fiscal de la Nación o cualquier persona que se considere directamente agraviada pueden presentar denuncia constitucional contra los altos funcionarios del Estado. Las denuncias que son...
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