Procedimiento Laboral Ordinario
Requisitos de la demanda. Art. 439
- Admitida la demanda a tramitación se confiere traslado al demandado para que la conteste por escrito. El plazo parahacerlo será de 10 días fatales.
- La contestación deberá contener:
1. designación del tribunal
2. nombre, apellidos, domicilio, u oficio del demandado.
3. todas las excepcionesdilatorias y perentorias y los hechos en que se fundan. Con posterioridad no podrá hacerse valer excepción alguna ,
4. enunciación precisa y clara de las peticiones que se sometan a la resolucióndel tribunal.
En el escrito de contestación el demandado podrá deducir reconvención cuando el tribunal sea competente para conocer de ella como demanda y siempre que tenga por objeto enervar laacción deducida o esté íntimamente ligada con ella.
- Cuando se demanden cotizaciones impagas, el juez al conferir traslado de la demanda debe ordenar que se notifique a la o las instituciones deseguridad social, debiendo ellas hacerse parte en la causa.
- Contestada la demanda o reconviniendo, se da traslado de 5 días al demandante.
- Después de eso, el tribunal recibirá de inmediatola causa a prueba y fijará los puntos sobre los cuales ésta deberá recaer. De no haber hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, citará a las partes a oír sentencia y, además, a una audienciade conciliación.
- En esa misma resolución, citará a las partes a una audiencia de conciliación y prueba para dentro de un plazo 8 a 15 días desde la fecha de la notificación de la resolución.Esta notificación se hace por cédula y en su contra sólo procede el recurso de reposición, que podrá interponerse dentro de tercer día de notificada la resolución.
- La parte que desee rendirprueba testimonial deberá presentar la lista de testigo dentro de los 3 días siguientes a la notificación que recibe la causa a prueba
- La audiencia se celebrará con las partes que asistan....
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