Procedimientos juridicos militares
PROCEDIMIENTO ABREVIADO
El legislador con el fin de dotar a las Fuerzas Militares de herramientas legales que permitan agilizar las investigaciones, a través de la ley 836 de 2003 en el artículo 173 estableció un trámite abreviado para investigar y sancionar casos muy concretos, y lo denominó “Procedimiento Abreviado”
• PROCEDENCIA
La investigación ysanción de faltas leves, así como aquellas en que el presunto infractor sea sorprendido en el momento de la comisión de la falta o con elementos, efectos o instrumentos que provengan de la ejecución de la conducta serán adelantadas por el procedimiento abreviado.
• FUNCIONARIO COMPETENTE
El funcionario competente es el superior con atribuciones disciplinarias.
• PROCEDIMIENTOA) SOLICITUD INFORME ESCRITO SOBRE LOS HECHOS
Cuando el funcionario competente tenga motivos para considerar que posiblemente se ha incurrido en una falta disciplinaria leve que requiere sanción para encauzar la disciplina militar o haya sorprendido en flagrancia al presunto infractor, o con elementos, efectos o instrumentos que provengan de la ejecución de la conducta, procederá arequerir por escrito un informe del presunto responsable, sobre los hechos respectivos.
B) NOTIFICACIÓN SOLICITUD DE INFORME
La notificación de este auto se hará personalmente y contra él no procede recurso
C) REQUISTOS DE LA SOLICITUD DE INFORME
La solicitud mediante la cual el funcionario competente requiera al presunto responsable para que rinda un informe sobre los hechos deberácontener: 1: Indicación de las normas presuntamente infringidas. 2. Le hará saber los derechos que le asisten. 3. Le impondrá un plazo máximo de dos (2) días para que rinda por escrito los descargos respectivos.
Contra el requerimiento no procede recurso alguno.
D) DECRETO DE PRUEBAS
Recibida la respuesta al requerimiento se procederá, mediante auto a resolver sobre las pruebassolicitadas o se decretarán las que de oficio se consideren necesarias.
E) NOTIFICACIÓN AUTO DECRETO DE PRUEBAS
La notificación de este auto se hará personalmente y contra él sólo procederá el recurso de reposición que se interpondrá y resolverá inmediatamente.
F) TERMINO PARA LA PRACTICA DE PRUEBAS
Las pruebas se practicarán dentro de un plazo improrrogable de tres (3) días.
G)TRASLADO PARA ALEGAR DE CONCLUSIÓN
La Ley 836 de 2003, nada dijo al respecto, no obstante por expresa remisión del artículo 198 Ídem, a la Ley 734 de 2002, encontramos que ésta en el numeral 8 del artículo 92 consagra como un derecho del investigado, el de presentar alegatos de conclusión antes del fallo.
De otra parte, la Procuraduría General de la Nación mediante Auto del 30 de mayo de2003. Radicación Nº 002-61345-01, dispuso:
“ El término de traslado para alegar de conclusión en el proceso disciplinario es de cinco (5) días por aplicación del artículo 165 del C.P.P. y la notificación ha de efectuarse en la forma prevista en el artículo 321 del C. P.C.
“De acuerdo al numeral 8° del artículo 92 del Nuevo Código Disciplinario Único, el procesado tiene derecho a presentar“alegatos de conclusión antes del fallo”, no obstante, no se señaló trámite alguno para ello.
En aras de garantizar un “plus” de defensa, se dispone que el expediente quede a disposición de los sujetos procesales por cinco (5) días hábiles, término establecido de conformidad con el artículo 165 del Código de Procedimiento Penal, por remisión permitida en el artículo 21 de la Ley 734 de 2002.”
Porlo anterior, es requisito indispensable para garantizar el derecho al debido proceso, a la defensa, y otros, que en las investigaciones disciplinarias que adelante el Ejército Nacional, antes de proferir fallo se corra traslado para alegar a los Sujetos Procesales en la forma indicada por la Procuraduría General de la Nación en el auto antes trascrito.
No obstante lo anterior, como quiera...
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